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El País 29 de noviembre de 2023

Suman al Código Alimentario las semillas de cáñamo para uso de subproductos como harinas y aceites

La normativa se desarrolla tras la investigación y trabajo de la Comisión Nacional de Alimentos (Conal) que avanza en el estudio y desarrollo del marco regulatorio de alimentos.

Las semillas de cáñamo fueron incorporadas al Código Alimentario Argentino (CAA) para el uso de subproductos como harinas y aceites y ahora integran la categoría de “semillas comestibles”, informó hoy la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca al destacar la publicación en conjunto con el Ministerio de Salud de la Resolución 31/2023 en el Boletín Oficial.

“En este contexto histórico se nos presenta una oportunidad única de numerosas ramificaciones a través de un desarrollo inteligente y exitoso de la industria del cáñamo industrial-hortícola (Cannabis sativa L)”, expresó el titular del área, Juan José Bahillo.

En esta línea, enfatizó que “el actual contexto global brinda importantes espacios para competir con calidad y excelencia mediante la producción de diversos productos derivados de este cultivo milenario”.

La R 31/2023 establece una modificación en el Artículo 917 en la que autoriza para el uso alimentario y describe la especificidad de las semillas de cáñamo cómo semillas sanas, limpias y bien conservadas de las distintas variedades de la especie vegetal Cannabis sativa L y que no expresan más de 1% de delta-9 tetrahidrocannabinol (THC).

Esta normativa se desarrolla tras la investigación y trabajo de la Comisión Nacional de Alimentos (Conal) que avanza en el estudio y desarrollo del marco regulatorio de alimentos, para incorporar al Cannabis sativa L, y sus productos derivados en el CAA.

A través de la R 31/2023 se dictamina que las semillas de cáñamo no deberán contener restos de otras partes de la planta (hojas, tallo) ni más del 0,5% de semillas dañadas, al tiempo que deberán estar libres de insectos vivos.

Además, se fija en 0,25% la presencia de material mineral y en no más de 0,10% de insectos muertos, fragmentos o resto de insectos.

En la misma se incorpora al CAA la “harina de semilla de cáñamo”, proveniente de la molienda de la torta de semillas de cáñamo autorizadas y que serán clasificadas cómo desgrasada o parcialmente desgrasada.

Finalmente se incorpora el aceite de semillas de cáñamo que se obtiene de las distintas variedades de semilla de Cannabis Sativa L, y que son previamente autorizadas por el CAA.

En el ámbito del uso industrial-hortícola, el cáñamo, una economía regional en crecimiento y con potencial, se cultiva en numerosos países por la diversidad de productos que se obtienen, bajo impacto ambiental, amplia adaptación a los suelos, bajo costo de siembra, resistencia a la sequía, posibilidad de intercalar con otros cultivos y que brinda doble cosecha por temporada, concluyó Agricultura.



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