Se realizará el juicio contra un músico de una banda de rock por abuso sexual
La víctima contó que abusaron sexualmente de ella tras un recital que dio la banda en el boliche Niceto. Este testimonio generó que otras dos víctimas hablaran.
Un músico de una banda de rock será sometido a juicio por tres denuncias por abuso sexual realizadas por tres mujeres y la primera las mismas fue llevada a cabo en abril de 2016 por Mailén Frías y, a partir de su relato, otras dos víctimas del músico revelaron los abusos que sufrieron.
Se trata de José Miguel del Pópolo y el juicio se realizará a partir de las 12.15 de este martes en el piso 3 del edificio ubicado en Paraguay 1536, donde funciona el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 de la Capital Federal.
Todo comenzó en abril de 2016, cuando Mailén Frías denunció haber sido violada por el cantante de “La Ola que Quería ser Chau“, banda de rock que se separó tras la fuerte acusación contra su líder.
Luego, la víctima subió un video a YouTube describiendo lo que contó en su denuncia policial que realizó después de lo ocurrido.
Frías comentó que abusaron sexualmente de ella tras un recital que dio la banda en el boliche Niceto: “En todo momento yo lloraba y le pedía por favor que no lo hiciera y él me decía que eso le excitaba mucho más, que yo tuviera miedo y que yo llorara”.
Ese testimonio generó que otra de las víctimas hablara y se trata de Rocío Márquez, una ex novia del músico.
Márquez detalló: “Pensé que me había pasado a mí sola, pero sucede que le ha pasado a más personas, que es un delito y que a un montón de personas le está cagando la existencia”.
Al conocer las acusaciones contra Del Pópolo, dos miembros de la banda anunciaron su inmediato alejamiento del grupo y, al mismo tiempo, compartieron los testimonios de Mailén y Rocío.
Según las pruebas recabadas, el fiscal Péres solicitó la indagatoria de Del Pópolo.
Al resolver la situación procesal, la jueza Palmaghini dispuso su procesamiento sin prisión preventiva por los delitos de abuso sexual agravado por haberse cometido con acceso carnal, reiterado en tres oportunidades y lesiones leves agravadas por tratarse la víctima de una mujer y haber sido perpetrado por un hombre mediando violencia de género.
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