Rige la ley que crea una red provincial de prevención, atención y rehabilitación del ACV
Establece la creación de un Registro Único de Establecimientos Sanitarios Públicos y Privados especializados, así como la implementación de una línea telefónica "ACV provincial" y una aplicación para teléfonos celulares destinadas a brindar asistencia "inmediata" al paciente.
El gobierno bonaerense promulgó este martes una ley que crea la Red Provincial de Atención Integral para la prevención, atención en fase aguda y rehabilitación del Accidente Cerebrovascular (ACV), con el objeto de garantizar el acceso de la población a la prevención, diagnóstico, tratamiento, prevención secundaria y rehabilitación de esa enfermedad.
La iniciativa, presentada por la diputada radical María Alejandra Lorden, fue sancionada por la Legislatura bonaerense el 12 de abril pasado y establece la creación de un Registro Único de Establecimientos Sanitarios Públicos y Privados especializados en el tratamiento del ACV, así como la implementación de una línea telefónica “ACV provincial” y una aplicación para teléfonos celulares, “ambas gratuitas y de fácil acceso” destinadas a brindar asistencia “inmediata” al paciente.
“Siempre hablamos de prevención y equidad. Con esta ley, millones de bonaerenses podrán acceder a una atención integral y tratamientos en caso de haber sufrido un ACV ”, expresó la legisladora cuando se aprobó la iniciativa en la Cámara baja.
En este sentido, sostuvo que “se puede prevenir, se puede rehabilitar y el fundamento de esta ley es cuidarles la vida a millones de bonaerenses”.
Además, remarcó que “el ACV es la segunda causa de muerte y es la primera causa de discapacidad, por eso es importantísimo que se pueda atender integralmente a la población”.
Así, la red estará conformada por los integrantes del subsistema público dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia Buenos Aires y los demás integrantes de todos los subsistemas de salud con quienes se celebren convenios de adhesión.
De acuerdo al articulado de la norma, se garantizará la atención integral del ACV en todos los efectores de salud dependientes del Ministerio de Salud y en las instituciones de salud del sector privado y municipales que se encuentren registradas y habilitadas para brindar prestaciones específicas para esta enfermedad.
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