Rechazan sobreseimiento e irá a juicio el policía acusado por caso de “gatillo fácil”
Pedro Arcángel Bogado está acusado de matar a Brandon Romero, durante un hecho ocurrido hace casi un año. Para el fiscal Alejandro Pellegrinelli, había actuado en legítima defensa tras ser asaltado.
La Justicia de Garantías rechazó el pedido de sobreseimiento de un policía acusado por un supuesto caso de “gatillo fácil” y ordenó que se juzgado en un debate oral.
Se trata de Pedro Arcángel Bogado, el efectivo que el 5 de julio del año pasado mató de varios disparos a Brandon Romero (18) en la ruta 226, e hirió de gravedad a Kevin Farías, otro joven que a su vez tiene frondosos antecedentes penales y que fue detenido días después en el marco de otra investigación. Para el fiscal Alejandro Pellegrinelli, había actuado en legítima defensa cuando era asaltado. Sin embargo, para el juez de Garantías, Saúl Errandonea, cometió un “homicidio agravado por haberse cometido abusando de su función o cargo por ser miembro integrante de las fuerzas policiales y por el empleo de arma de fuego”.
En ese sentido, el magistrado no hizo lugar al recurso presentado por Pellegrinelli (con el apoyo de la Fiscalía General a través de sus pares, Fernando Berlingeri y David Bruna) y ordenó que la causa sea elevada a debate oral.
El caso Brandon Romero causó polémica desde sus inicios y familiares y organismos políticos habían reclamado en numerosas oportunidades que Bogado fuera juzgado por un tribunal. Tal es así, que los parientes de Romero, cuyo patrocinante es el abogado César Sivo, contaron además con el apoyo del secretario de Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla, y de Mariano Przybylski, director Nacional de Políticas contra la Violencia Institucional, quienes se presentaron en el rol de “amicus curiae” dentro de la causa.
Para el juez Errandonea, no quedó acreditado en la investigación que Bogado efectivamente haya sufrido un asalto o una agresión que lo hiciera reaccionar en legítima defensa. En ese sentido, cuestionó a los instructores por no haber indagado más en esa circunstancia.
“Llama la atención, a que pese a la integración de dos secuencias sobre las que se construye el caso, la que precede no haya avanzado en cuanto a la determinación de sus partícipes, pues mas allá de existir cierta identificación de los mismos, no han sido convocados al proceso en el marco de la IPP 14802-20, en las que se investiga el intento de desapoderamiento a Bogado, en las mismas circunstancias que las presentes, pudiendo quizás, de habérselos escuchado en el rol que les adjudique, aportado ingredientes sobre lo ocurrido en aquella oportunidad”, cita el magistrado en un pasaje de su fallo.
Y continúa, con otro cuestionamiento respecto de la falta de demostración probatoria del peligro al cual se habría enfrentado Bogado y que, en rigor, debiera haber causado su reacción en legítima defensa: “La investigación no ha aportado elemento cierto que dé cuenta de la existencia del arma cuya manipulación se adjudica a Farías, ni vestigios de que esta hubiera sido disparada contra Bogado. No obstante ello, si parece confirmarse que Romero se encontraba desarmado, por lo que aún si se aceptara que avanzó sobre la persona de Bogado, la defensa emprendida se despega claramente de la racionalidad que exige la causa de justificación”.
Cabe recordar que, como el hecho se produjo de madrugada y en un lugar despoblado, la falta de testigos presenciales complicó su reconstrucción. De todas formas, la autoría del mismo nunca fue debatida, ya que el propio imputado, al declarar ante el fiscal Pellegrinelli, reconoció que había disparado sobre Farías y Romero. En todo momento aclaró, de todas formas, que había actuado en legítima defensa, y por eso sus abogados solicitaron que, de no hacer lugar al pedido sobreseimiento, el juez Errandonea solicitara un juicio por delito de “exceso en la legítima defensa” y no por “homicidio”.
Sin embargo, el magistrado tampoco tuvo en cuenta dicha postura. “No encuentro justificación alguna a semejante ataque, agotando la provisión de su cargador sobre una persona desarmada y con escasas posibilidades de comprometerlo, mas aún cuando el individuo de la moto -conforme a su versión – ya había emprendido la retirada del lugar”, explicó en la sentencia a la que accedió LA CAPITAL.
Y siguió: “No surge con la evidencia necesaria que el imputado haya sido agredido en el contexto y magnitud por él construido en su acto de defensa material, o al menos que de existir aquella, tuviera la entidad que justificara la reacción en el caudal verificado”.
Por último, el juez remarcó que “existen elementos suficientes para poder debatir la cuestión en la siguiente etapa procesal, de modo que en la especie, la no demostrada existencia de una situación de necesidad derivada de una agresión ilegítima excluye, en ésta instancia, la justificante invocada”. Además, fundamentó tal posición en que Bogado no se encuentra privado de su libertad y manifestó que, en caso de ser considerado, en la siguiente instancia el policía también podría ser juzgado por “homicidio en grado de tentativa”, como pretendía Sivo por los tiros que sufrió Farías.
El caso
El domingo 5 de julio de 2020 pasadas las 6 de la mañana Bogado se dirigía hacia Mar del Plata a bordo de su motocicleta por la ruta 226, cuando a pocos metros de la rotonda del Hipódromo tres hombres que circulaban en otro ciclomotor lo sorprendieron, según su versión de los hechos, con fines de robo. La presencia de los sospechosos en las inmediaciones de ese sitio quedó acreditada a través de videos tomados por las cámaras de seguridad del municipio.
De acuerdo a la declaración del policía, logró esquivarlos tras realizar una maniobra de distracción. Sin embargo, en cuestión de segundos vio que el vehículo de los delincuentes volvía a alcanzarlo y decidió detener la marcha del suyo y arrojar las llaves al piso. Entonces, siempre de acuerdo a su versión, observó que uno de los ladrones se había bajado y ahora eran dos los asaltantes.
Conforme pudo saber este medio en ese entonces, Bogado mencionó que fue allí que uno de ellos descendió del rodado y le gritó al otro, que estaba armado: “¡Matalo!”. “Vi que el que seguía en la moto tenía un arma y salió un fogonazo. Entonces, saqué la pistola y cuando el que se había bajado se me vino encima disparé”, explicó ante el fiscal Pellegrinelli.
Lo cierto es que Romero sufrió varios balazos y murió, mientras que otro joven que luego sería identificado como Kevin Farías -quien tiene 20 años y múltiples antecedentes delictivos- también resultó herido, pero pudo escaparse del lugar. La detención de Farías (ocurrida sólo días después del hecho), la herida de bala curada en forma casera descubierta entonces en una de sus axilas, y sus múltiples antecedentes penales, hicieron que el fiscal Pellegrinelli creyera en la consistencia de la versión de Bogado.
En octubre pasado, quienes declararon ante el fiscal fueron los padres de Brandon Romero. En esa oportunidad, dijeron que su hijo era “un chico trabajador” y reclamaron que Bogado fuera juzgado por un tribunal oral, lo que al final ocurrirá a pesar de que, en un momento, había trascendido el rumor de que la defensa del policía solicitaría un juicio por jurados.
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