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El País 18 de noviembre de 2016

Publican la lista de ciudadanos sorteados para integrar jurados populares

En la Provincia fueron preseleccionadas casi 12.000 personas, cuyo DNI termina en los números 428 y 939, para ejercer el cargo que tiene cáracter obligatorio.

La Suprema Corte de Justicia Bonaerense publicó hoy los nombres de los casi 12.000 ciudadanos de la provincia preseleccionados por sorteo para integrar los jurados populares que actuarán durante el año próximo.

La identidad de esas personas, cuyo Documento Nacional de Identidad termina en los números 428 y 939, fue publicada en el Boletín Oficial bajo la Resolución N12/16 del máximo tribunal y su divulgación se repetirá por el término de tres días.

La Suprema Corte señala a través del Boletín Oficial que el “Ministerio de Justicia no culminó al día de la fecha con la tarea de confección de las declaraciones juradas” de los inhabilitados y que “en atención al escaso tiempo que resta para la entrada en vigencia del nuevo listado, corresponde efectuar la publicación”.

La cantidad de elegidos está dada por una proporción de una de cada 1.000 personas en la franja etaria de 21 a 75 años, que viven en la provincia de Buenos Aires y comprendan el castellano.

La lista está dividida por los 19 departamentos judiciales, entre los que se encuentran Mar del Plata, Azul, Bahía Blanca, La Matanza, Dolores y Lomas de Zamora, entre otros, y en cada uno figuran los sorteados por tipo de documento, número, apellido, nombres y distrito.

La resolución aclara que esas personas tendrán 15 días para presentar “observaciones por posibles errores materiales o incumplimiento de alguno de los requisitos legales”, las que deberán realizarse ante la Oficina Central de Juicios por Jurados, ubicado en la calle 12 Número 817, de la ciudad de La Plata o por email a [email protected].

Por otro lado, la Suprema Corte publicará en su página www.scba.gov.ar un sistema de búsqueda para que los habitantes bonaerenses puedan verificar fueron preseleccionados para ejercer el cargo, cuyo carácter es obligatorio.

El sistema de Juicios por Jurados fue sancionado por la legislatura bonaerense hace tres años.

La ley establece que el sistema de juicio por jurados es para delitos cuya pena máxima en abstracto exceda 15 años de prisión o reclusión o, tratándose de un concurso de delitos, que alguno de ellos supere dicha pena.

Según la norma, el jurado está compuesto por 12 ciudadanos titulares y seis suplentes, que reciben instrucciones de un juez, quien les indica el encuadre jurídico de la cuestión a resolver.

Además, establece que luego del debate oral es el jurado el que decide la inocencia o culpabilidad del ciudadano sometido a proceso, siendo el juez quien aplica la pena.

Fija también que el veredicto de culpabilidad requiere un mínimo de 10 votos afirmativos sobre las cuestiones planteadas, y si el delito, por el que fuera calificado legalmente el hecho en que se sustenta la acusación, tuviera prevista pena de prisión o reclusión perpetua, se requiere unanimidad de votos afirmativos.

Tribunales con jurados compuestos por ciudadanos no letrados juzgaron en 2015 por primera vez en la provincia de Buenos Aires casos de delitos graves.

Ese año, los juicios fueron en total 35 y en 19 de ellos los veredictos fueron de “culpabilidad”, mientras que en 16 se determinó la “no culpabilidad” del imputado.