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Interés general 5 de octubre de 2018

Prohiben la comercialización de una cerveza artesanal

Carece de autorización de producto y establecimiento y estar falsamente rotulado, según la informado por la Anmat. En la lista también figuran un aceite de oliva y productos con nueces.

Una cerveza artesanal, un aceite de oliva, así como una marca de aceite de nuez, nueces riojanas y harina de nuez figuran en la lista de bebidas y alimentos cuya comercialización está prohibida por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat).

Mediante la disposición 674/2018 quedó suspendida la venta de la bebida rotulada como “Cerveza artesanal, Libre de Gluten, marca Club Polskie”.

Sobre la misma, explicaron que “se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71, y a los artículos 6 bis, 155, 1383 y 1383bis del CAA por carecer de autorización de producto y establecimiento, por consignar el símbolo de alimento libre de gluten y estar falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia ilegal”.

En el mismo boletín, aunque en la resolución 664/2018, se prohibió el “’Aceite de oliva‘, El Federal, RNE N° 0400462, RNPA N° 04052942, elaborado y fraccionado por Fincas de Cruz del Eje, Ruta Nacional N° 38 Km 126.2 Cruz del Eje, Córdoba”.

Sobre el aceite se detalló que “el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13, 155 y del CAA por carecer de autorizaciones de producto y de establecimiento, y estar falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia ilegal”.

Además, ANMAT, suspendió la comercialización de el “Aceite de Nuez, RNPA 12005275, RNE 12000768”, las “Nueces Riojanas, RNPA 12005250, RNE 2000766, Sin TACC” y la “Harina de Nuez, RNE 2000766”, todos ellos marca VITA NUSS.

“Los productos se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA) por carecer de autorización de producto y de establecimiento, estar falsamente rotulados, resultando ser en consecuencia ilegales y además el producto Nueces Riojanas no cumple con el artículo 1383 y 1383 bis del Código Alimentario Argentino (CAA) por no encontrarse registrado como alimento Libre de Gluten” explicaron desde la ANMAT en la disposición 668/2018.



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