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La Zona 13 de octubre de 2017

Prohíben el uso de pirotecnia audible en espacios públicos de Balcarce

Lo dictaminó el Concejo Deliberante por unanimidad. La medida no prohíbe la venta y comercialización de esos productos.

Facundo Lazo explicó los alcances de la medida.

Finalmente, el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad la prohibición del uso de pirotecnia audible en la vía pública y de esa manera dio por terminado un tema sobre el cual se venía hablando desde el año pasado.

Es que durante una sesión ordinaria del período 2016 se había prohibido la venta pero desde las empresas fabricantes de pirotecnia se habían opuesto teniendo en cuenta una ley nacional que regula la actividad. En ese momento, la medida no tuvo validez pero con el consentimiento de todos los bloques se estuvo trabajando en una ordenanza que “no fuera apelada” y se coincidió en que “es hasta donde la ley nos permite llegar”.

La ordenanza prohíbe la utilización de pirotecnia audible en la vía pública del todo el partido de Balcarce. Los locales podrán vender pirotecnia cumpliendo con la ley vigente y a su vez deberán tener estampando en su entrada el número de ordenanza y la leyenda de prohibición de su uso.

No se podrá utilizar en la vía pública y en espacios públicos elementos pirotécnicos de efecto audible, sean éstos aéreos, voladores o de piso, calificados de venta libre o no por la Ley Nacional 20429.

La medida se extiende a zonas rurales, serranas, reservas naturales, Villa Laguna Brava, y las localidades de Los Pinos, San Agustín y Napaleofú.

Asimismo, se va a poner énfasis en hacer cumplir los requisitos para la habilitación municipal de locales de almacenamiento o venta de artículos de pirotecnia. Por ello, se solicitará cumplir con todos los requisitos de la Ley Nacional 20.429 y las disposiciones del ANMaC, poseer plano del local, permiso o autorización expedida por la Dirección de Bomberos de la Provincia de Buenos Aires conjuntamente con la aprobación de un plan antisiniestral. También seguro que cubra accidentes dentro del local tanto de empleados como de concurrentes y la asunción de responsabilidad solidaria por parte del propietario del local.



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