CERRAR

La Capital - Logo

× El País El Mundo La Zona Cultura Tecnología Gastronomía Salud Interés General La Ciudad Deportes Arte y Espectáculos Policiales Cartelera Fotos de Familia Clasificados Fúnebres
Policiales 26 de septiembre de 2021

Polémica en torno al juicio por jurados: la opinión de abogados y defensores

Tras la realización del debate por el caso del abuso en el camping "El Durazno" de Miramar, en el foyer del Teatro Auditorium, LA CAPITAL consultó acerca de sus posturas a los principales letrados penalistas de Mar del Plata.

Después del juicio por jurados en el que se determinó que los tres jóvenes acusados en la causa del supuesto abuso en el camping “El Durazno” de Miramar eran “no culpables”, surgieron distintos cruces entre los abogados defensores que suelen participar de la mayoría de los debates orales en Mar del Plata.

Por eso, la experiencia registrada en el foyer del Teatro Auditorium de la que no fue autorizada a participar la prensa, LA CAPITAL decidió consultar a los penalistas sobre sus distintas posturas en torno a este tipo de litigio, que se adoptó en la provincia de Buenos Aires desde 2015. En este informe, se esbozan las principales posturas de los letrados, entre los que se encuentran algunos de los que intervinieron en el caso del camping y también dos defensores oficiales.

César Sivo:

El juicio por jurados es el sistema de enjuciamiento más puro, más democrático, más cristalino y más constitucional de todos. Tiene numerosas ventajas: no permite presiones, asegura una visión sin prejuicios, sin precedentes de fallos propios anteriores, es justa, su análisis es profundo y completo. La mayor responsabilidad siempre pasa por los jurados y es el pueblo quien en definitiva establece la culpabilidad o la no culpabilidad del sometido a juicio.

Respecto a si los casos de supuestas agresiones sexuales no deberían ser llevados a juicio por jurados, justamente por la baja permeabilidad a las presiones que tiene este sistema es que deben ser llevados ante jurados. Es la garantía para todas las partes. Se puede evitar o minimizar el riesgo de juicios basados en estereotipos o en posiciones inadecuadas.

Lo que es realmente preocupante es que, por un lado, hay quienes hablan de la “Justicia patriarcal” y se quejan de que no garantiza juicios correctos, porque los jueces son machistas y no tienen perspectiva de género… Pero, por el otro, cuando se trata de un jurado compuesto en partes iguales por mujeres y hombres, de variadas generaciones, seleccionados estratégicamente por cada una de las partes y encargándose las acusadoras de depurar a los más radicales en estereotipos de género, como no les gusta la decisión también lo cuestionan… Parece que no importa ya quien y/o cómo juzgue sino que el resultado sea, más allá de toda justicia, en el sentido que esperan.

Poner en duda el juicio por jurados es de un fanatismo que no corresponde alimentar. Es nuestra obligación hacer docencia y no sumarnos a peligrosas situaciones de anarquía y anomia social.

sivo

Alejandro Borawski:

Para mí en Argentina es un problemón. Nuestro sistema acusatorio tiene esta bipolaridad que permite que los jurados entiendan que no hay delito. Es como si se hubiera prescindido del delito. La sociedad, en líneas generales, para mí es una sociedad cargada de prejuicios, y ello incide directamente sobre muchos aspectos que puedan llegar a ser juzgados en un jurado.

Para mí no estamos a la altura de poder implementar un sistema de esta naturaleza, máxime por esta cuestión técnica de cómo es el sistema legal acá.

Borawski

Patricia Perelló:

Creo que es verdaderamente muy importante que sea la población la que pueda juzgar, aún cuando no sea letrada, porque el hecho de ser letrada no es lo que te da sentido común, buen criterio. Yo conozco muchos letrados que no tienen un buen criterio, y la realidad es que lo que genera el juicio por jurados es que la población se compenetre más con la cuestión penal y que pueda ver más de cerca cómo funciona el sistema de justicia.

Hay un control por parte de un juez que le da directivas, hay una fiscalía, están todos los actores que corresponden procesalmente. Yo hoy confío más en los jurados que en los jueces, porque hoy los jueces son muy permeables a la presión de la opinión pública y como están identificados con nombre y apellido, verdaderamente le temen a los escraches, a la crítica, y a una herramienta que hoy se usa muy indebidamente que es el pedido de jury cuando alguna sentencia a la gente no le gusta. Entonces me parece que lo que hace el juicio por jurados es fortalecer esta independencia, poder hacerlo más libremente.

Yo confío plenamente y en ciertos casos, donde con los jueces uno ya sabe que va a haber una condena cantada, con un jurado uno tiene la posibilidad de permitir o posibilitar que evalúen la prueba y que esto lleve a tomar una decisión justa y correcta. Las personas se involucran y adquieren un compromiso, y yo creo que eso es lo importante. Desarrolla más los valores cívicos y eso me parece que es muy bueno para la población. No me parece bien descalificar a los jurados o a los jueces por sus resoluciones. En los casos que corresponda se recurren, y en los que no, no se recurren. Y uno debe admitir que 12 personas consideraron que las cosas son de cierta manera y eso es respetable.

Perelló

Maximiliano Orsini:

El juicio por jurados es un sistema para el que todavía la sociedad argentina, en muchos casos, como por ejemplo de abuso sexual o violencia de género, o parte de la sociedad argentina, no está preparada. Existe un prejuicio social, machista, de parte de la sociedad patriarcal que hace que los jurados no puedan actuar con perspectiva de género en muchos casos. Por otro lado, el tema del abuso sexual infantil está regulado por la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que establece el derecho de la víctima a la doble instancia. La víctima debería poder recurrir un fallo absolutorio. Sin embargo, la ley de jurados no se lo permite, porque establece que el fallo absolutorio no se puede recurrir. Es una ley contrariamente injusta en relación con los derechos de la víctima y genera una discordancia entre derechos entre los del acusado y los de la víctima, porque el acusado puede elegir el juicio por jurados, la víctima no.

El acusado precisa cuatro votos para ser declarado inocente, o “no culpable”, y la víctima diez para que sí lo declaren culpable. Por otro lado, el acusado puede recurrir un fallo condenatorio, y la víctima no puede recurrir un fallo absolutorio. Es absolutamente desigual en lo que significa el rol procesal, el debido proceso y el derecho de acceso a la justicia, y entiendo que debería surgir una modificación a los efectos de que los delitos de abuso sexual infantil, abuso sexual o violencia de género no deberían ser juzgados por juicios por jurados. Se han hecho varios planteos de inconstitucionalidad, en la provincia de Entre Ríos y hay otro en la provincia de Buenos Aires que está en la Corte.

Creo también que los jurados no son protegidos como sí son protegidos en otros países en cuanto a cómo se preserva al jurado para que tome una decisión absolutamente imparcial. El jurado se ve contaminado por infinidad de vías de comunicación: redes sociales, televisión, amigos, familia. El jurado vuelve a su casa durante cuatro o cinco días y escucha un debate, y se ve contaminado por estos medios, generando que su opinión no sea absolutamente objetiva, sumado a los prejuicios sociales que existen hoy en día en los casos de violencia de género y abuso sexual, y la falta de perspectiva que existe aún hoy en relación con la mujer en gran parte de la sociedad en la Argentina.

Creo que la sociedad en un gran aspecto no está madura para el juzgamiento de ciertos delitos que requieren un conocimiento técnico específico y una preparación, como en los casos de abuso, por parte de jueces técnicos a los que aún hoy se los está instruyendo por ejemplo en el conocimiento de la ley Micaela. Si el Poder Judicial está siendo instruido, claramente un jurado social de distintos estratos culturales, no va a tener ese conocimiento y esa cultura y esa preparación para resolver problemas que son de tan difícil resolución.

orsini

Noelia Agüero:

Estuve en dos juicios por jurados, en el último como defensora de un imputado, y en otro en el rol de particular damnificado, cuando se juzgó al hombre que había golpeado a Victoria Montenegro. Considero que es una herramienta muy garantista, que está en nuestra constitución desde 1853 y nosotros recién pudimos establecerlo en 2015.

Es el pueblo el que decide, prevalece el sentido común. Se instruye al pueblo en la cuestión, se le explica qué significa el delito, qué elementos hay que tener en cuenta, cuáles son los principios constitucionales, y a partir de ahí tienen que encastrar las doce opiniones. Siempre va a ser más honesto, más claro y no permeable a ninguna presión. Son doce personas que son anónimas que en base a lo que están viendo ahí y a sus experiencias, resuelven.

Aguero

Martín Bernat:

En primer lugar, afirmo que, desgraciadamente, en determinados casos la única manera de llegar a una decisión justa es mediante la modalidad de juicio por jurados. En cierto tipo de causas, es seguro que hoy en día con jueces técnicos no se llega una decisión justa, o al menos, a una decisión libre. En temas de abusos sexuales o violencia de género hay tanto condicionamiento externo, político, social, mediático, a los jueces que no están decidiendo según sus propias convicciones sino sobre otros intereses personales y profesionales.

Por otro lado, es un modo de evaluar un caso y resolver un conflicto social de forma mucho más democrática que un juicio técnico. En un juicio técnico resuelve una persona que simplemente sabe de derecho, que sabe lo que es una ley, una norma, y eso no significa que sea superior para resolver un hecho. Además es un solo juez o tres, contra doce personas.

Los países más viejos, de mayor historia en el derecho, siempre tuvieron el sistema de juicios por jurados. En ese sentido, la Constitución Nacional de 1853 sienta el juicio por jurados como juez natural, no es algo novedoso. Es una burrada decir que se rompe un principio de igualdad. Es mentira que en el juicio por jurados el imputado puede libremente recurrir, en el juicio técnico sí. El mismo Código Procesal dice que el veredicto de culpabilidad es irrecurrible, también para el imputado. Lo único que habilita el Código a recurrir es en ciertas cuestiones, como por ejemplo que el juez falle al dar sus instrucciones de derecho al jurado.

Los jurados son más que propicios para juzgar cualquier tipo de hechos. Eso que dicen que ciertos casos no los podrían juzgar es una burrada. En primer lugar que es más probable que tengan más prejuicios tres personas que doce personas. Y por otro lado porque hay métodos para asegurar que no haya prejuicios, como la etapa de la selección de jurados, en la que las partes pueden estar de acuerdo en recusar determinadas personas. Y el segundo control son las instrucciones que les da el juez, que están avaladas por las partes. El juicio por jurados es la manera más justa de resolver un caso y vino para quedarse. Va a haber cada vez más juicios por jurados y yo deseo que se empiece a usar para más etapas del proceso, como para determinar si un caso se eleva a juicio o no, y así no tener en el medio a gente presa sin sentido.

Bernat

María Laura Solari (defensora oficial):

En principio, tengo mis reparos en algunas cuestiones, no porque me parezca malo en sí mismo, sino porque muchas veces es muy compleja la selección de jurados. Y a veces es bastante difícil poder explicarles algunas cuestiones técnicas. Si bien ellos no son los que en definitiva después van a imponer la pena, que para ello está la cesura e intervendrá después el juez técnico, lo cierto es que hay unas cuántas cuestiones que tienen que ver con el dolo, con la culpa, con la participación, bastantes temas que en su momento en el juicio por jurados que alcancé a hacer nos dábamos cuenta de que eran complejas.

Pese a todo, en este momento me parece una muy buena opción, y no tengo la menor duda de que el fallo del juicio del camping hubiera sido diferente si los jueces hubieran sido técnicos. Me parece que es absolutamente transparente, que no es que no lo sea con los jueces técnicos. Lo que pasa es que acá no hay ningún jury a quién pedirle, es la decisión de doce personas que no conocen absolutamente nada de derecho y que es lo que piensan que debe ser de acuerdo a lo que perciben durante las jornadas en las que desarrolla el juicio. No hay ningún tipo de presión y me parece que los jueces técnicos ceden ante la presión.

En este momento todo lo que es violencia de género es extremadamente sensible. Así que es una opción a considerar como muy positiva en este momento, lo cual no deja de parecerme malo que a una de las partes no les guste una sentencia y la solución que encuentre sea el pedido de jury. Es una barbaridad.

Ante esta delicada situación, el juicio por jurados es una muy buena opción. Es absolutamente transparente y de esta forma la gente no va a poder decir que los jueces son corruptos, coimeros ni nada de eso. Son doce NN que se juegan a decir lo que piensan en base a las pruebas que ven. Y en ese sentido lo celebro.

Solari

Wenceslao Méndez:

Creo que es una excelente herramienta para alcanzar lo que en definitiva nos importa a todos, que es el valor supremo de la justicia. Que sean doce ciudadanos, seis mujeres y seis hombres, los que puedan decidir cuál es la suerte que debe correr aquella persona que es sometida al proceso penal.

Lo que sí se debería tratar de implementar una mayor preparación en el sentido del conocimiento que deben tener de la ley, porque claramente las personas son juzgadas a la luz de lo que la ley impone, y no de sensaciones y sentimientos que muchas veces pueden llevar a conclusiones equivocadas.

Mendez

Adelina Martorella:

Creo en la absoluta participación ciudadana en la justicia y por eso creo que es una gran adquisición de nuestro sistema de justicia, máxime teniendo en cuenta que fue una deuda constitucional que data de 1853.
Los que están en contra dicen que los ciudadanos carecen de conocimientos, y en este sentido carecerán de un acabado conocimiento de cuestiones técnicas que pueden ser explicadas en cada caso sometido al jurado, porque dependerá de las partes poder explicar esas cuestiones meramente técnicas. En ese sentido es fundamental la formación de los abogados y los fiscales en oratoria.

Por otro lado, a veces el sentido común es más importante que conocer X norma. Y en 20 años de profesión en muchas oportunidades distintos funcionarios mostraron carecer de ese sentido común. Creo que la crisis de nuestro sistema judicial, por los funcionarios que componen este poder, otorga mayor legitimidad y credibilidad al juicio por jurados, y permite que los ciudadanos participen en decisiones de cuestiones que sólo podrían ser entendidas por “iluminados” y aquí la luz la da la participación ciudadana.

El juicio por jurados es la más clara consagración del sistema acusatorio y esto implica poner en foco y en discusión los fiscales que tenemos y la preparación que cada abogado debe poseer para realizar la mejor labor posible en pos del interés del justiciable, sea este imputado o víctima.

En lo que tengo reparos es en la irrecurribilidad del veredicto absolutorio. Disiento con los que expresan que el derecho al recurso sólo es una prerrogativa para el imputado porque así lo establecen los tratados internacionales. No sólo disiento por el principio de igualdad ante la ley, sino porque variadas interpretaciones jurisprudenciales y doctrinarias deberían poseer una nueva perspectiva de la situación de víctimas y no sólo en cuestiones de género. Antes la víctima era un convidado de piedra en el proceso penal y con la sanción de nuevas leyes se otorgaron mayores derechos, facultades y garantías pero dejaron huérfanas a las víctimas para recurrir.

Martorella

Ricardo Mendoza (defensor oficial):

Es muy difícil sintetizar una opinión sobre el juicio por jurados. Creo que otorga más legitimidad constitucional a la decisión (popular). También teatraliza el juicio obteniendo resultados muchas veces idealizados conforme la destreza discursiva y convincente de los actores.

Sin embargo, su funcionamiento no se corresponde con la cultura latinoamericana. Tampoco disminuye la arbitrariedad por más que se intenta mediante la aplicación de recursos técnicos para ello.

MENDOZA

Osvaldo Verdi:

Entiendo que es algo que terminó siendo positivo por lo siguiente: en un primer momento me generaba reticencia porque hay cuestiones de carácter técnico que no pueden ser resultas por un jurado, pero empezamos a advertir que los jueces técnicos dejaron de atender cuestiones técnicas en muchos sentidos y, más bien, empezaron a resolver como ellos interpretan que la sociedad quiere que resuelvan. Esto generó que haya muchos interpretadores de lo que es la voluntad social o el sentimiento popular y empezaron a aparecer personas o grupos que se arrogan ese sentimiento.

Entonces el juicio por jurados aparece como una herramienta válida para ver cuál es el verdadero sentimiento social respecto de determinadas cuestiones o temas. Ya no a través de grupos o personas que creen interpretar a la sociedad, sino a las personas que la integran.

Verdi

Facundo Capparelli:

Desde el análisis y la perspectiva filosófico política, el juicio por jurados es la manera de garantizar y asegurar la participación del pueblo en el ejercicio de uno de los poderes del Estado como es la administración de justicia. Así como el pueblo participa en los otros poderes del Estado, a través del voto popular, eligiendo al Poder Ejecutivo y a sus representantes en el Congreso, el juicio por jurados garantiza la intervención del pueblo en ese ejercicio de poder de administrar justicia.

Desde el plano estrictamente constitucional, es una deuda que nuestra Nación tiene con su pueblo desde 1853 y es una decisión clara, originaria, por parte de los constituyentes desde aquel entonces. Y finalmente, en el aspecto técnico, sólo restaría discutir el método de elección de los jurados y la integración del juicio por jurados, que permite una alternativa entre el sistema clásico integrado totalmente por ciudadanos, o el escabinado, que permite una integración mixta entre jueces populares y jueces técnicos.

En mi opinión, en el espíritu de la Constitución de 1853, estaba la primera alternativa, que es la que se utiliza en países como Inglaterra, en el cual se inspiró la Constitución americana y de la cual a su vez se inspiraron nuestros constituyentes. En definitiva, más allá del problema presupuestario que esto implica y de los desafíos en relación a la elección, y a asegurar que no existan presiones que no corresponden, estoy completamente a favor del juicio por jurados.

Capparelli

Mauricio Varela:

El juicio por jurados por suerte, desde que se instaló en 2015, es el que más garantiza la vigencia de los derechos de los imputados.

Los últimos juicios con trascendencia pública, caso Lucía Pérez y caso Gianelli, los movimientos feministas que vienen avanzando imponen una mirada de género que es totalmente ilegítima sobre las decisiones de los funcionarios, cosa que realmente es un progreso y un avance en nuestra sociedad. Los fundamentalistas de esos movimientos se llevan puestas un montón de cuestiones. Atacan a la Justicia. Entonces, donde un defensor tiene que defender a una persona que es inocente, quieren utilizar esa perspectiva de género y avasallar los derechos que otras personas tienen para ir ganando terreno en la Justicia. Se corre el riesgo de que se vulneren y se violen las garantías que todos tenemos en la Constitución.

De hecho, estas organizaciones imponen un temor a los jueces y terminan siendo permeables, no son imparciales por temor y pueden llegara a dictar resoluciones injustas. Entonces el juicio por jurados, como son jurados populares, lo que hace es que estas personas que deciden, al ser intercambiables y demás, garanticen el pleno ejercicio de los derechos de los imputados porque no serían permeables al juego de las organizaciones.

Varela



Lo más visto hoy