Piden que se condene al acusado de proveer la droga en la Villa Mateotti
Alberto "Carloncho" Fernández había reconocido su culpabilidad en un juicio abreviado junto a otras 15 personas que fueron condenadas, pero se negó a último momento y por eso llegó a juicio. Está considerado de ser el eslabón más alto en el submundo de la venta de estupefacientes de la Villa Mateotti.
El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó al Tribunal Federal que condenara a 8 años y 9 meses de prisión a Alberto “Carloncho” Fernández, por entender que se trató del principal proveedor de la droga en la Villa Mateotti entre el 2014 y 2018.
Según explicó en su alegato el fiscal auxiliar Carlos Fioriti, Alberto “Carloncho” Fernández formó parte de una organización dedicada al abastecimiento de estupefacientes a grupos familiares, allegados y personas de la Villa Mateotti -ubicada en la manzana comprendida entre las arterias Mario Bravo, Mateotti, Benito Lynch y
Talcahuano- para que con protección policial se comercialicen estupefacientes, un centro de acopio de marihuana y cocaína para su distribución al público consumidor, todo esto a escasos metros de tres establecimientos educativos.
Los hechos que se le atribuyen a Fernández, habrían ocurrido al menos desde agosto de 2014, cuando se presentó la denuncia en la Fiscalía Federal N°2, a raíz de las imágenes captadas por cámaras de seguridad municipal, y durante cuatro años hasta la realización de 25 allanamientos simultáneos dispuestos el 23 de agosto de 2018.
Según consta en la investigación, el tráfico de droga se realizaba en un pasillo lindante al templo evangélico “Cosechando Vidas” y éste era el epicentro del comercio de estupefacientes, en el interior de la Villa Mateotti. Los policías que trabajaron en el caso, explicaron que la zona era de difícil acceso y vigilancia y que todo pasaba por dos clanes “pesados”: uno liderado por Sandra “La Chupa” Maldonado y otro por Mirta Amarilla.
Estos puntos de ventas, remarcó Fioriti en el alegato, se encontraban en inmediaciones de la Escuela Primaria Provincial N°35, donde también se ubican el Jardín Provincial N°919 y la Escuela Secundaria Provincial N°47 (sobre Rafael del Riego entre Avenida Mario Bravo y Benito Lynch),
“En lo que respecta al rol de Carlos Alberto Fernández como miembro de la organización delictiva ya juzgada y condenada, Carloncho resultaba ser proveedor de la sustancia estupefaciente que se comercializaba en la villa”, concluyó el fiscal.
De esta manera, en su alegato Fioriti solicitó que se condene a “Carloncho” Fernández a 8 años 9 meses de prisión por ser culpable del delito de comercio de estupefacientes, agravado por la intervención de más de tres personas, por haber participado un funcionario policial encargado de la prevención y por haberse cometido en las inmediaciones de un establecimiento de enseñanza”.
Acuerdos y rechazos en juicio abreviado
Además de “Carloncho” Fernández, estaban acusados de integrar la banda dos policías bonaerenses y otras 15 personas.
Los policías Orlando Ezequiel Menghini y Pedro Ismael González se habían negado desde un primer momento en aceptar su culpabilidad en un juicio abreviado, por lo que llegaron a debate. Por su parte, “Carloncho” Fernández había acordado en el juicio abreviado, pero a último momento negó los hechos y por eso es que se encuentra en juicio.
En total, once varones y cuatro mujeres reconocieron su participación en los hechos. Luis David Novile, María Eugenia Santillán, Patricia Adriana Amarilla, Evangelina Soledad Maldonado, Atilio Raúl Fragelli, Luis Alberto Martínez, Ricardo Jesús García, Juan Cruz Dueñas Antoli, Miriam Elizabeth Carballo Figueroa y Gonzalo Lionel Cardozo aceptaron su responsabilidad y una pena de 6 años de prisión como coautores del delito de tenencia de estupefacientes para su comercialización agravado y deberán pagar multas de 315 mil pesos, que corresponden a 45 unidades fijas, de acuerdo a lo establecido en la ley 23.737. Una unidad fija equivale al valor de un formulario de inscripción de operadores en el Registro Nacional de Precursores Químicos, que asciende a 7 mil pesos.
Por su parte Darío Guillermo Fernández, Lucas Damián Polignano y Miguel Ángel Actis fueron encontrados partícipes secundarios de los hechos y tendrán penas de tres, cuatro y tres años respectivamente, además del pago 157.500 pesos de multa, equivalente a 22,5 unidades fijas. Tanto sobre Fernández como sobre Polignano pesa también la acusación de tenencia ilegítima de arma de fuego, y el último también fue acusado de cultivo de estupefacientes.
Por otro lado, Martín Manuel Wekkesser firmó una suspensión de juicio a prueba por tres años como partícipe secundario del delito de tenencia con fines de comercialización; mientras que Eneas Nahuel Fernández firmó junto a su defensa la suspensión de juicio a prueba por el término de un año por tenencia ilegítima de arma. Ambos deberán pagar multas por 22,5 unidades fijas.
Dos policías absueltos
Durante el juicio realizado en junio de 2021, los jueces Roberto Falcone, Nicolás Toselli y Fernando Machado Pelloni absolvieron a los policías Orlando Ezequiel Menghini -hermano de uno de los principales acusados- y Pedro Ismael González.
El fiscal general Juan Manuel Pettigiani había pedido que se condenara a Menguini y González a 6 años de prisión, por considerar que habían sido partícipes necesarios del delito de “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización”.
que se vio agravado por la participación de más “de tres personas de forma organizada, por haber formado parte de la banda funcionarios policiales, y por haberse cometido en inmediaciones de establecimientos de enseñanza”.
“Menghini y González confabulaban para el comercio de estupefacientes, realimentando el circuito ilegal del tráfico que ambos debían prevenir en su función de policías”, sostuvo el investigador.