Para tentar a los ahorristas, los bancos deberán ofrecer una tasa mínima del 30% en plazos fijos
Para tentar a los ahorristas y evitar la compra de dólares, las entidades bancarias deberán desde este lunes ofrecer una tasa mínima del 30% en las colocaciones a plazo fijo, de acuerdo con lo ordenado por el Banco Central.
Actualmente, la tasa mínima se encuentra en el 26,6%, pero ahora el organismo dispuso incrementarla en más de tres puntos, con el objetivo de atraer ahorristas e inversores.
Por medio de la Comunicación “A” 7027, la autoridad monetaria subió la tasa mínima para remunerar a las imposiciones en plazos fijos al equivalente a 79% de la tasa de política monetaria Leliq, que deberán ofrecer a partir del 1 de junio de 2020 las entidades financieras del Grupo A, que representan casi la totalidad del sistema.
El directorio del Banco Central elevó de 70% a 79% de la tasa Leliq la remuneración de los plazos fijos y eso significa para los ahorristas, sin importar el volumen o razón social, una Tasa Nominal Anual de 30,02% (TNA) y una Tasa Efectiva Anual de 35% (TEA).
El beneficio de la tasa mínima no estará disponible para las empresas que hayan accedido a las líneas de financiación a una tasa subsidiada del 24%, aclaró el organismo que preside Miguel Pesce.
Por otra parte, el Central amplió, por medio de la Comunicación “A” 7029, la posibilidad a los productores agropecuarios de efectuar depósitos a tasa variable, ligados a la cotización del dólar.
Esta opción se suma a las ya existentes atadas a los precios de cereales y oleaginosas.
La posibilidad de acceder a estos depósitos a tasa variable es para las personas con actividad agrícola y por un importe de hasta dos veces el valor total de sus ventas de cereales y/u oleaginosas registradas desde el 1 de noviembre de 2019, de acuerdo con la información oficial.
Las decisiones que anunció este viernes el Banco Central se suman a la que tomó anoche, cuando dispuso que las empresas que tengan dólares fuera del país, deberán utilizar esos fondos para hacer frente al pago de sus compromisos en el exterior.
También, extendió a 90 días previos y 90 días posteriores la restricción para realizar operaciones de compra venta de títulos públicos en moneda local con liquidación en divisas, para las empresas que requieran acceder al mercado oficial de cambio.