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El País 4 de diciembre de 2018

Para Bullrich, su gestión está “cambiando la filosofía” de una “Policía de brazos caídos”

El gobierno oficializó el reglamento general para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, afirmó que en el país se llegó a tener una “Policía de brazos caídos” y señaló que su gestión está “cambiando esa filosofía”, al defender el nuevo reglamento sobre el uso de armamento en las fuerzas federales.

“Lo que tiene que tener la fuerza de seguridad es la capacidad de accionar para defender a la sociedad, si el reglamento solo le permite defenderse a si mismo y no defender a terceros, entonces no es policía”, dijo Bullrich.

En declaraciones al canal LN+, la funcionaria consideró que el país viene de “una vieja historia, la dictadura, que le fue sacando la capacidad de acción a la Policía hasta que llegamos a una Policía de brazos caídos “.

“Desde que llegamos estamos cambiando esa filosofía. Lo estamos haciendo. Queremos fuerzas que puedan cumplir con su rol. Diría que ese fue un compromiso que nosotros tomamos con nuestro electorado: la lucha contra el narcotráfico, la lucha para tener mejor seguridad y la lucha para que la figura central sea la víctima y no el victimario”, dijo.

El gobierno oficializó el reglamento general para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad que entre otras cosas permite que la policía dispare contra personas que huyen.

La resolución 956/2018 publicado este lunes en el Boletín Oficial, y que lleva la firma de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, deroga también toda disposición o normativa contraria a la nueva reglamentación.

La medida entró en vigencia este martes y tendrá jurisdicción para la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura Naval y Policía de Seguridad Aeroportuaria.

El artículo segundo del reglamento determina que se hará uso de las armas de fuego cuando resulten ineficaces otros medios no violentos en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves.

También se permitirá el uso para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, para proceder a la detención o impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente.