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El Mundo 31 de mayo de 2024

Multa histórica de 150 millones de euros a Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea por cobrar equipaje de cabina

La multa además castiga otras prácticas abusivas como la aplicación de un cargo extra por reservar asiento contiguo para acompañar a menores y personas dependientes, la falta de transparencia contractual y por no permitir el pago en efectivo.

Aviones de Ryanair en el aeropuerto de Charleroi en Bélgica. Foto: EFE | Julien Warnand.

El Ministerio de Consumo español impuso a cuatro aerolíneas -Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea- una multa de 150 millones de euros por prácticas abusivas, entre ellas, cobrar a los pasajeros el equipaje de mano, tras las denuncias recibidas por distintas asociaciones de consumidores.

Tras la información adelantada por la emisora de radio Cadena SER, fuentes del Ministerio de Consumo confirmaron a EFE que en el verano de 2023 se abrieron expedientes a cuatro aerolíneas de bajo costo ante las denuncias recibidas, para investigar prácticas consideradas abusivas.

Entre ellas figuraba cobrar un suplemento por la reserva de asientos contiguos para acompañar a menores y personas dependientes; falta de transparencia en la información precontractual sobre el precio final del servicio; cobrar un suplemento por el equipaje de mano de los pasajeros, y no permitir el pago en metálico en el aeropuerto por estos u otros servicios adicionales.

La Asociación de Líneas Aéreas (ALA), que aglutina el 85 % del tráfico aéreo en España, rechazó la decisión de Consumo, que implica prohibir el cobro de la maleta de cabina que realizan algunas compañías aéreas.

En un comunicado, ALA señala que ello perjudicará a los consumidores, “al suprimir la opción de los pasajeros de contratar exactamente lo que necesiten”.

De este modo, los cerca de 50 millones de pasajeros que hoy en día no llevan maleta de cabina a bordo y sólo viajan con el equipaje de mano bajo el asiento no podrían beneficiarse de pagar sólo por los servicios indispensables, “obligándoles a contratar servicios que no utilizan”.

La sanción puede ser recurrida, y una vez agotada esta vía, las compañías pueden acudir a los tribunales.

De hecho, las aerolíneas afectadas por la multa preparan ya recursos de alzada (ante la propia Administración) y no descartan también la vía judicial, donde el presidente de la Asociación de Líneas Aéreas (ALA), Javier Gándara, está convencido de que les darán la razón.

Gándara explicó en una rueda de prensa que las aerolíneas multadas tienen plazo hasta mediados de julio para presentar sus recursos de alzada y luego el Ministerio dispondrá de tres meses para resolver. Una vez concluido ese proceso, cabe la vía judicial.

Las aerolíneas podrán mantener su política de tarifas actual, pese a la multa de Consumo de 150 millones a cuatro compañías, hasta que la sanción, en su caso, sea firme, una vez que se resuelva el recurso de alzada que ya preparan y la vía judicial.

ALA, que agrupa más de 60 compañías aéreas, entiende que la decisión de Consumo va en contra de la normativa europea, concretamente el principio de libertad de fijación de precios reconocido en un reglamento comunitario de 2008 y supone una “injerencia en la fijación tarifaria”.

Por el contrario, desde la asociación de consumidores Facua, que denunció a las compañías, valoran la decisión del Ministerio de Consumo y recuerdan que los consumidores tienen derecho a reclamar la devolución de estos cargos extra.

En una nota, la asociación de consumidores Asufín confía en que la sanción sirva de freno efectivo a la impunidad con la que las compañías “ninguneaban” los derechos de los consumidores; es “urgente” un cambio de conducta por parte de estas compañías, que sistemáticamente ponen en práctica usos que constituyen “un abuso en toda regla”.



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