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El País 20 de marzo de 2023

Modifican el pago de multas por incumplimiento de plazos del programa RenovAr

La medida reduce el valor de las cuotas del 40% al 20% de la remuneración mensual de las empresas "a fin de asegurar el mantenimiento mínimo de la central de generación".

La Secretaría de Energía modificó la modalidad de pago de las penalidades correspondientes a las centrales eléctricas que no hayan cumplido, o se hayan demorado en cumplir, con el abastecimiento de potencia al que se comprometieron en el marco del programa RenovAr, de fomento a la generación de energías renovables.

La medida se dispuso a través de la Resolución 165/2023 publicada en el Boletín Oficial, que, a la vez, reduce el valor de las cuotas del 40% al 20% de la remuneración mensual de las empresas “a fin de asegurar el mantenimiento mínimo de la central de generación”, con relación a los proyectos que hayan optado por abonar las penalidades en 48 cuotas.

El programa RenovAr se comenzó a implementar el 17 de mayo de 2016, en cumplimiento de los objetivos del Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de Energía Eléctrica, sancionado por la Ley 26.190 de enero de 2007, modificado y ampliado por la Ley 27.191 de octubre de 2015.

El régimen prevé el incremento progresivo de la participación de las fuentes renovables de energía en el consumo de energía eléctrica nacional hasta alcanzar un 20% al 31 de diciembre de 2025.

De acuerdo con el último informe de la Fundación para el Desarrollo Eléctrico (Fundelec), las “fuentes alternativas” representaron en enero de este año el 11,53% del total de la energía generada.

El régimen de Fomento al Uso de Fuentes Renovables de Energía apunta a “estimular las inversiones en generación de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables en todo el territorio nacional, sean estas nuevas plantas de generación o ampliaciones o repotenciaciones de plantas de generación existentes, realizadas sobre equipos nuevos o usados”, se indicó en los considerandos de la resolución.

En los contratos de abastecimiento suscriptos por los adjudicatarios del Programa RenovAr se prevé la aplicación de una multa de US$ 1.388 por megavatio de potencia contratada por cada día de retraso en alcanzar la fecha de habilitación comercial con respecto a la fecha programada.



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