La norma fue aprobada esta semana por el Concejo. Habrá multas tanto para los organizadores como para los titulares de las propiedades. Las penas se duplicarán en caso de reincidencia.
A través de una nueva regulación aprobada este jueves, la Municipalidad pretende ponerle fin al lucrativo negocio de las fiestas clandestinas.
Mediante una ordenanza votada en su última sesión, el Concejo Deliberante determinó cuáles serán las sanciones que podrán ser aplicadas tanto a sus organizadores como a quienes faciliten sus inmuebles para desarrollar esta clase de actividades.
Según le explicó a LA CAPITAL la concejal Cristina Coria (UCR), la norma no establece ninguna nueva prohibición, sino que determina qué sanciones recibirán las personas que lleven adelante una actividad que “de por sí no está permitida”.
En su primer artículo el texto aprobado esta semana por los concejales define qué son para el municipio las “fiestas clandestinas”, diferenciándolas de otro tipo de reuniones.
Allí se indica que se considera como tales a un “acontecimiento motivado con fines de diversión y esparcimiento en forma eventual y esporádica para determinadas fechas y acontecimientos, abierto a todo público, con o sin venta de entradas anticipadas, independientemente del lugar donde se desarrolle la actividad, donde se vendan o despachen bebidas alcohólicas o alimentos de cualquier índole, y que se efectúen sin contar con el debido permiso y sin observancia de la normativa vigente”.
En un intento por concederle a la Municipalidad algunas nuevas herramientas para actuar frente a estos casos, la ordenanza establece que los inspectores podrán “evacuar el lugar inmediatamente con la colaboración de la fuerza publica” y aplicar una clausura “cuando sea pertinente”.
Además se dispone que tanto los organizadores como los “propietarios, poseedores o tenedores” de los inmuebles recibirán una multa económica equivalente al valor de entre 1000 y 5000 litros de nafta súper YPF, la cual se duplicará en caso de reincidencia.
El texto especifica además que en el caso de que la organización esté a cargo de menores, la multa deberá ser abonada por sus padres o tutores.
Según Coria, con este artículo se pretende actuar contra quienes generalmente cumplen con dos roles diferentes e indispensables: los que convocan y producen las fiestas por un lado y los que por el otro facilitan un domicilio para que se lleven a cabo.
Denuncias de los vecinos
En los últimos años en algunos barrios de Mar del Plata las “fiestas clandestinas” se convirtieron en un verdadero flagelo.
Entre fines del año pasado y principios de este, la Municipalidad realizó decenas de operativos ante denuncias de los vecinos, a partir de lo cual el área de Gobierno ubicó geográficamente cada una de sus intervenciones en un mapa.
Como conclusión se determinó que la mayoría de las denuncias provinieron de los barrios Playa Grande, Los Troncos, Parque Luro y algunos de la zona sur.
También se pudo establecer que por lo general esta clase de reuniones se desarrollaban en viviendas o casas quinta de amplias dimensiones y en ausencia de sus auténticos dueños.
Además se pudo determinar que en la mayoría de los casos los domicilios habían sido alquilados con el propósito de utilizarlos para realizar festejos y así generar negocios.
Coria destacó que por esa razón la ordenanza que acaba de ser aprobada dedicó un párrafo especial a los propietarios de los inmuebles.
“Es sabido que los domicilios en donde se realizan estas actividades deben tener determinadas características y si bien puede haber casos en los que sus dueños los alquilen de buena fe, lo cierto es que no pueden desentenderse del uso que les den sus ocupantes”, señaló.
Por eso la concejal destacó la importancia del papel de los profesionales. “Si hay un alquiler se supone que de por medio debe existir un contrato en el que se especifique, entre otras cosas, que la propiedad tiene un uso residencial”, explicó.
Más allá de que quienes convocan a las fiestas por lo general intentan escudarse en el hecho de que “no cobran entrada” lo cierto es que siempre aparecen motivaciones económicas.
“Haya o no cobro de entrada no puede negarse que el negocio pasa por lo que se vende adentro”, aclaró Coria.
Entre sus sanciones la ordenanza también prevé que los titulares de los inmuebles serán excluidos de los beneficios y descuentos realizados por el pago en término de la Tasa por Servicios Urbanos durante dos años, o durante cuatro en el caso de reincidencia.
Según Coria, esta norma debe ser considerada como “una primera herramienta” para intentar frenar las “fiestas clandestinas” ya que fue elaborada sin “contar con muchos antecedentes” en los cuales referenciarse.
“Posiblemente, más adelante, deberemos crear nuevas regulaciones”, consideró.
“Pero lo cierto es que Mar del Plata ya cuenta con una norma para un tema que ha sido muy conflictivo, lo que se suma a la ordenanza ya vigente para eventos masivos. Por lo tanto, a partir de este verano, quienes vengan a la ciudad tendrán una normativa global en la cual referenciarse para saber qué se puede y qué no se puede hacer en materia de esparcimiento”, indicó.