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Policiales 30 de enero de 2025

Lo condenan por “tocamientos” a su pareja cuando ella se resistía

El hombre recibió la pena de 3 años de ejecución condicional por dos hechos distintos ocurridos en 2024 en Balcarce, tras un juicio abreviado realizado en la sala del Tribunal Oral Nº 3. El caso fue evaluado bajo los lineamientos de la "perspectiva de género".

Mientras el Gobierno Nacional puja por retrotraer al pasado las leyes nacidas a partir del advenimiento de la “perspectiva de género” en la Justicia, y en la sociedad en general, en Mar del Plata un hombre fue condenado por “tocamientos” a su pareja cuando ella se resistía, conforme, principalmente, lo indicó la denuncia de la mujer.

Se trata de un caso ocurrido en marzo de 2024 en Balcarce, que incluye dos abusos sexuales simples ocurridos en una semana. En ambos, la palabra de la víctima fue fundamental para considerar los hechos como acreditados en la investigación.

También lo constituyó, de todas formas, la aceptación de los cargos por parte del imputado, quien acordó la realización de un juicio abreviado en este contexto.

Todo comenzó el 1 de marzo de 2024 cerca de las 13 en el interior de una vivienda ubicada sobre la calle 1 al 600 de la vecina localidad serrana. Dentro de la vivienda, y con el objetivo de satisfacer sus deseos sexuales -de acuerdo a la cita textual del fallo al que accedió LA CAPITAL-, el hombre le efectuó tocamientos en sus partes íntimas a la mujer, que se resistió de inmediato.

Seis días después, el 7 de marzo de 2024, aproximadamente a las 22.30, volvió a ocurrir lo mismo. La respuesta de la víctima fue idéntica e, incluso, en su legítima defensa le provocó al agresor lesiones leves y escoriaciones en los muslos.

Luego de denunciar el ataque, esas heridas reportadas por los médicos que intervinieron tras el inicio de una investigación policial, y por eso es que acabaron de figurar como indicios de la veracidad de la acusación. Además, la Justicia decidió tratar el caso con “perspectiva de género” y le otorgó credibilidad directa a la palabra de la víctima.

Durante la audiencia del juicio abreviado, la mujer, que después de l ocurrido se separó del hombre, no quiso participar en forma presencial en Tribunales, por cuanto decidió aparecer a través de una videollamada. “No quiero verle la cara. Acepto el acuerdo porque quiero dar vuelta la página”, explicó tras ser consultada por los magistrados acerca de si daba su consentimiento para concluir el debate.

Según señaló la víctima, su deseo era finalizar la etapa judicial para volver a vincularse con el hijo de ambos, cuya guarda por decisión de la Justicia de Paz de Balcarce le correspondió al padre.

En el mencionado fallo figura que, como atenuante a la hora de dictar sentencia, se tomó en cuenta que el imputado no tenía antecedentes penales. A modo de conclusión, fue condenado entonces a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional tras ser considerado autor del delito de “abuso sexual simple” en dos hechos distintos.