CERRAR

La Capital - Logo

× El País El Mundo La Zona Cultura Tecnología Gastronomía Salud Interés General La Ciudad Deportes Arte y Espectáculos Policiales Cartelera Fotos de Familia Clasificados Fúnebres
La Ciudad 6 de julio de 2020

La declaración del cordobés infectado se pospuso para el martes

Por pedido de la defensa, el joven que violó la cuarentena para venir a la ciudad y ver a su novia será indagado por videoconferencia por el juez Santiago Inchausti y la fiscal Laura Mazafferri el martes.

Cuadra en la que el joven cordobés alquiló un departamento.

La declaración indagatoria del joven cordobés infectado de coronavirus, que había violado la cuarentena y vino a Mar del Plata para ver a su novia, que estaba programada para este lunes se suspendió y, finalmente, se realizará mañana a través de medios digitales.

El pedido fue presentado por la defensa y aceptado por el juez federal Santiago Inchausti y la fiscal Laura Mazafferri, por lo que la declaración se pasó para el martes, pero sin horario programado aún.

 

Por otra parte, las fechas de las declaraciones del amigo de Córdoba que le prestó el auto y lo ayudó a falsear su identidad y la persona que le alquiló el departamento en Mar del Plata siguen sin alteraciones y serán el 13 de julio.

El joven había entrado a la ciudad proveniente de Córdoba con toda la documentación falsa. Tenía en su poder el DNI, licencia de conducir y un permiso de fuerza mayor para circular correspondiente a un amigo.

El engaño se descubrió cuando las autoridades sanitarias detectaron el caso positivo y fueron a buscar al hombre que, en teoría, se llamaba Franco Tona. Pero al comunicarse con él descubrieron que no se trataba del hombre que había entrado a la ciudad por la Ruta 226.

Intervino la Justicial Federal y la fiscal Mazzaferri imputó a al joven porque consideró que hay elementos para profundizar la investigación sobre la propagación del virus y la utilización de identidad falsa.

El Código Penal, en el artículo 202, prevé entre penas de entre 3 y 15 años de prisión para quienes propaguen “una enfermedad peligrosa y contagiosa”. Asimismo, el artículo 203 propone a multas de entre 5 mil a 100 mil pesos cuando la propagación “fuera cometida por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo”.



Lo más visto hoy