La Corte Suprema dispuso el levantamiento de la feria extraordinaria
En Mar del Plata, la medida rige solo para la Cámara Federal de Apelaciones y el Tribunal Oral Federal. Para los juzgados federales de primera instancia, la feria se extiende hasta el domingo.
La Corte Suprema de la Nación levantó la feria judicial extraordinaria por la pandemia de coronavirus para todos los tribunales nacionales y federales con asiento en Buenos Aires, salvo en los juzgados de primera instancia, para los cuales el receso fue prorrogado hasta el próximo domingo.
Con esta decisión, la Corte continúa con la estrategia de sumarse a las disposiciones sanitarias del Poder Ejecutivo, adecuándolas a las necesidades y realidades del sistema de justicia.
De este modo, la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata continúa en funcionamiento luego de las habilitaciones que el máximo tribunal aprobó en sucesivas acordadas, previa consulta sobre la conveniencia o no de reanudar la actividad. Los jueces Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez dispusieron el levantamiento de la feria el 24 de junio.
En este contexto, los magistrados de la Cámara recordaron a los profesionales y litigantes que “deberán formular todas las presentaciones judiciales y administrativas de manera digital”. “Deben hacerlo a través del Sistema de Gestión Informático LEX100, para lo cual deberán denunciar una dirección de correo electrónico. Por el mismo medio se efectuarán las notificaciones judiciales”, explicaron. Y aclararon: ” En aquellos casos en que fuera necesaria la asistencia presencial de profesionales a este Tribunal, se dispondrá la asignación de turnos de manera remota, debiendo para ello remitir un correo electrónico a las casillas institucionales creadas al efecto”.
De esta manera, la Cámara mantiene la limitación de la atención al público “al mínimo indispensable”, por lo que
se deberá realizar “la prestación del servicio de Justicia a puertas cerradas” en el horario de 9.30 a 13.30 horas.
Además, los camaristas aclararon: “Continúan suspendidos todos los actos públicos a realizarse tales como capacitaciones, juramentos de abogados, concursos de personal, como así también la realización de audiencias orales, haciéndose saber a las partes litigantes que deberán presentar sus informes en forma escrita con firma digital y mediante el Sistema de Gestión Informático LEX100, evitando así la convocatoria de público, familiares, el traslado de personas privadas de la libertad, y la circulación de un gran número de individuos por los este Estrado, excepto que a pedido de parte y por cuestiones excepcionales, pueda solicitarse y disponerse su realización a través de una plataforma digital o medio tecnológico de visualización”.
En relación a los juzgados de primera instancia nacionales y federales, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se resolvió prorrogar, por el momento, la feria extraordinaria hasta el 26 de julio.
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