CERRAR

La Capital - Logo

× El País El Mundo La Zona Cultura Tecnología Gastronomía Salud Interés General La Ciudad Deportes Arte y Espectáculos Policiales Cartelera Fotos de Familia Clasificados Fúnebres
El País 27 de octubre de 2017

La Cámara Federal confirmó la intervención de Hotesur y otras empresas

Las firmas comerciales son investigadas por presuntos hechos de corrupción en la obra pública durante el anterior gobierno.

La Cámara Federal porteña confirmó la intervención de las empresas Hotesur S.A., Valle Mitre S.A e Idea S.A., dispuestas por el juez Julián Ercolini en el marco de la megacausa en la que se investigan presuntos hechos de corrupción en la obra pública durante el anterior gobierno.

Ercolini había dispuesto la designación de veedores en esas firmas “encomendándoles la tarea de fiscalización de las firmas, determinar el estado de los bienes que poseen las empresas en cuestión, y los pormenores de los negocios y actividades que aquéllas realicen”.

Además, “vigilar la conservación del activo y cuidar que los bienes que posean no sufran deterioro o menoscabo, comprobar entradas y gastos y toda irregularidad que adviertan en la administración… También tendrán que informar de inmediato… si se verifica la extracción por parte de los socios de dinero como crédito con la sociedad y/o adelantos o retiros de caja chica”.

Las defensas de todas las partes (Lázaro Báez, la familiaKirchner) apeló la medida, sobre todo porque les prohibía a las empresas “distribuir dividendos”.

El fallo también dispuso la inhibición general de bienes de las empresas Valle Mitre S.A. e Idea S.A..

Ahora, la Cámara replicó que “se advierte que el elenco de medidas decretadas por el a quo conforman un entramado apropiado y eficaz para resguardar los intereses que se procuran tutelar en tanto implican un control apto sobre la actuación societaria a la vez que paralizan toda actividad que pueda erosionar su patrimonio”.

“No olvidamos que para la procedencia de las medidas cautelares debe existir un temor grave y fundado de que algunas de las metas del proceso puedan verse frustradas frente al lapso de tiempo que demandaría su completa sustanciación. Tales extremos también se exhiben presentes en el particular”, resumieron los jueces Jorge Ballestero y Leopoldo Bruglia.