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El País 2 de enero de 2019

La ANSeS incrementa controles en el cobro de jubilaciones y pensiones por parte de apoderados

La disposición recurre a la captura de su huella dactilar con el objetivo de "promover mayores controles en las operaciones de pagos de beneficios".

La ANSeS dispuso hoy que para desempeñar el rol de apoderados para el cobro de jubilaciones, pensiones y pensiones no contributivas, las personas deben “enrolarse” en ese organismo mediante la captura de su huella dactilar.

La decisión apunta a “promover mayores controles en las operaciones de pagos de beneficios”, según una resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

“Dispónese que para poder desempeñar el rol de apoderados para percibir las prestaciones de jubilaciones y pensiones del SIPA y de pensiones no contributivas, las personas deben enrolarse mediante la captura de su huella dactilar y registrarla en el programa Mi Huella administrado por esta Administración Nacional”, según el texto oficial.

La ANSeS también estableció que los apoderados que no se encuentren enrolados a la fecha de publicación de esta resolución, “lo deberán hacer inexorablemente antes del 30 de junio de 2019”.

Según lo dispuesto, las altas de apoderados para percibir prestaciones, deberán realizarse sin excepciones, al momento de su tramitación en la Unidad de Atención correspondiente.

Los apoderados para percibir prestaciones que obtuvieron el alta con anterioridad a la publicación de esta resolución y que se encuentren vigentes, deberán realizar el enrolamiento en cada entidad bancaria vinculada al beneficio del poderdante.

La ANSeS justificó esta decisión al indicar que “por razones de buen orden administrativo y a fin de promover mayores controles en las operaciones de pagos de beneficios, resulta necesario incrementar las medidas que permiten ordenar y unificar los procedimientos vigentes, reduciendo de esta manera la probabilidad de que se realicen pagos indebidos de las prestaciones”.

Además, señaló que a fin de que el enrolamiento de los apoderados sea de cumplimiento efectivo, será considerado un “requisito sine qua non” para poder desempeñar ese rol.



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