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La Ciudad 1 de octubre de 2020

Hubo consenso para permitir el ingreso de propietarios no residentes

Se trata de una comunicación que deberá ser reglamentada por el Ejecutivo. Deberían acreditar su identidad y titularidad de dominio o legítima posesión mediante la escritura de dominio, boleto de compraventa y al menos un servicio local a su nombre.

El Concejo Deliberante solicitó al Ejecutivo local que elabore y aplique un protocolo para que los no residentes que tengan bienes inmuebles en el partido puedan ingresar temporalmente a la ciudad en la previa a la temporada.

La intención es que pueda ingresar únicamente el titular del dominio o el legítimo poseedor del inmueble, que deberá acreditar su identidad y titularidad de dominio o legítima posesión mediante la escritura de dominio, boleta de compraventa y al menos un servicio local a su nombre.

“En casos debidamente justificados podrá ingresar otra persona en representación del propietario o legítimo poseedor, quien deberá estar debidamente autorizado por este mediante la suscripción de la correspondiente autorización con firma debidamente certificada”, señala la comunicación, impulsada por los oficialistas Guillermo Volponi y Nicolás Lauría y aprobada por unanimidad.

Aunque la reglamentación correrá por cuenta del Ejecutivo, el autorizado podrá permanecer en el distrito solo para “realizar los actos necesarios, urgentes e indispensables para el mantenimiento, conservación, administración y/o disposición del inmueble o de su derecho de propiedad o posesión sobre el mismo”, agrega.

En caso de tratarse de un acto jurídico de enajenación, compra o alquiler deberán acreditar turno en la inmobiliaria, estudio jurídico o escribanía interviniente. Si deben recibir el inmueble por finalización o resolución anticipada de contrato de locación “deberán acompañar el instrumento o contrato donde conste dicho vencimiento o resolución con nota del locatario expresando su voluntad de proceder a la entrega del bien”.

Además, “cualquier otra medida que sea esgrimida como fundamento de la solicitud de ingreso para la realización de los actos de carácter urgente que se deban efectuar sobre el inmueble (como la existencia de peligro de tipo estructural en el inmueble que puedan perjudicar la propiedad o a terceros) deberá ser fehacientemente acreditada y será sujeta al análisis de la autoridad de aplicación con competencia para resolver la concesión o rechazo de la autorización”, apunta la recomendación del Concejo.



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