Giri seguirá imputado por la causa del Astillero Río Santiago
En la respuesta enviada al juez que entiende en la causa, el Fiscal Paolini le llamó la atención a Granillo Fernández y recomendó se le niegue el sobreseimiento pedido para Giri y Fiocca. Además remarcó evidentes contradicciones entre los imputados marplatenses, que no deslindan su responsabilidad en los actos de los que se los acusa.
LA PLATA (Corresponsal) El fiscal Jorge Paolini, encargado de llevar adelante la acusación de los imputados en la causa de Astillero Río Santiago, envió su respuesta ante el pedido de sobreseimiento que los defensores del ex publicista, Roberto Fiocca, y del ex funcionario municipal, Emiliano Giri, elevaron a la Unidad de Instrucción y Juicio N° 8 de Investigaciones Complejas.
En el escrito enviado al magistrado, el fiscal llama le atención del letrado que defiende los derechos de Emiliano Giri, el doctor Granillo Fernández, por atribuirse “facultades que el código no le confiere y produciendo un descargo fuera del ámbito legalmente previsto para ello”
La reacción del fiscal se dio luego de que el abogado platense, asegurara que la fiscalía “negó la recepción de distintos testimonios ofrecidos como evacuación de citas, y ante ello, se vio en la obligación de producir los mismos ante escribano público. Y que como resultado de esos nuevos testimonios, surgiría evidente la ausencia de responsabilidad de su asistido”.
Paolini remarcó en el escrito casi en tono irónico que “no puede escapar al conocimiento de tan distinguido letrado que en la Provincia de Buenos Aires, es el Agente Fiscal quien dirige, practica y hace practicar la Investigación Penal Preparatoria” haciendo constar en el texto que esa facultad está expresada en el artículo 59 del Código Penal Procesal.
También indicó que hasta que la etapa de investigación y producción de pruebas no finalice, existe la posibilidad de instrumentar cualquier medida de investigación, conforme al principio de libertad probatoria y puntualiza que el abogado defensor no tiene “la potestad de realización de medidas en los tiempos y del modo que mejor se ajusten a los intereses de su representado”. Sobre este punto en particular, remarca que “en los casos que el Fiscal hubiese denegado diligencias propuestas por las partes, éstas podrán requerir al Fiscal General la revisión de la razonabilidad de la denegatoria”.
Más allá del tirón de orejas para Granillo Fernández, Paolini informa sobre evidentes contradicciones entre la declaración de Giri y el escrito presentado por Fiocca, que hacen no sea recomendable su sobreseimiento en la causa, ante “la inexistencia de certeza negativa respecto de la participación de ambos encartados en los hechos” sino que por el contrario “permiten sostener la hipótesis contraria, que ambos imputados se hicieron de datos y documentación de distintas personas bajo engaño, a efectos de ser brindados a funcionarios del Astillero con el objeto de facilitar la liquidación de sueldos y su posterior sustracción”.
Según lo referido por el agente de la ley, los testimonios de ambos presentan notorios contrapuntos. Mientras Giri dijo que no sabía cuál era el trabajo que Fiocca habría de gestionarles a quienes les había pedido el DNI y los CV, Fiocca señaló que iba a establecerse una Delegación de Astilleros Río Santiago en Mar del Plata, y que le comentó la situación a su amigo Giri.
Otra contradicción relevante resulta sobre una reunión con Miguel Ángel Rodríguez, con quien que el ex funcionario de turismo asegura que el publicista se reunió, mientras que este último lo niega de forma ‘terminantemente´.
El fiscal señala además que “aún se encuentran pendientes de producción importantes medidas de prueba entre las que se encuentra la confección de un VAIC con los registros de llamadas entrantes y salientes de los teléfonos de Emiliano Giri, Roberto Fiocca, Miguel Ángel Rodríguez, Marcelo Etchegaray y Héctor Scavuzzo” que lo persuaden de la inexistencia de certeza negativa respecto de su participación en los hechos.
Por ese motivo, Paolini explicó que la etapa investigativa aún se encuentra en proceso y aseguro que ante las evidentes contradicciones en los testimonios de los imputados, se recomienda rechazar el pedido “por prematuro”, teniendo en cuenta lo evidenciado en el informe.