CERRAR

La Capital - Logo

× El País El Mundo La Zona Cultura Tecnología Gastronomía Salud Interés General La Ciudad Deportes Arte y Espectáculos Policiales Cartelera Fotos de Familia Clasificados Fúnebres
Interés general 3 de febrero de 2017

Fertilización asistida: las obras sociales ponen trabas al cumplimiento de la ley

La norma fue sancionada y reglamentada en 2013. Un tratamiento con técnicas de baja complejidad cuesta entre 10 mil y 15 mil pesos y uno de alta, entre 60 mil y 80 mil pesos.

Por Luciana Mateo
[email protected]

LA PLATA
Corresponsal

No cubren toda la medicación, no contemplan la donación de óvulos o espermatozoides o exigen contratar el plan más caro… a casi cuatro años de la sanción de la Ley nacional 26.862 de Reproducción Médicamente Asistida, los Juzgados Civiles y Comerciales Federales reciben con mucha frecuencia recursos de amparo para que las prepagas y obras sociales cubran los tratamientos de fertilidad a sus afiliados.

Si bien la norma nacional establece que toda persona mayor de edad, sin importar su orientación sexual o estado civil, puede acceder de forma gratuita a las técnicas y procedimientos de reproducción asistida, las empresas no dejan de poner trabas para el cumplimiento de la Ley.

“Cada prepaga tiene su trampita: algunas siguen sin cubrir el 100% de la medicación, otras no cubren la donación de gametos masculinos ni femeninos y otras exigen que ?cuando se trata de una pareja- estén los dos afiliados a la obra social”, dice la abogada Paula Castro a LA CAPITAL.

Y cuenta que “un tratamiento de baja complejidad cuesta entre 10 mil y 15 mil pesos y uno de alta ?aquel en el que la unión del óvulo y el espermatozoide se produce fuera del útero, en un laboratorio- entre 60 mil y 80 mil pesos”.
Castro es, además, paciente. Desde 2013 asesora junto a su marido ?también abogado- a las personas que encuentran dificultades para la cobertura del tratamiento: en los últimos 4 años han realizado aproximadamente 200 reclamos a las prepagas.

Sólo unos pocos casos se resolvieron en una mediación extrajudicial; en la mayoría, tuvieron que presentar un recurso de amparo.

“Tendría que ser fluido”

“Cada día que pasa van cubriendo más, pero todavía cuesta”, asegura por su parte Gisela de Antón, presidenta de la asociación civil ‘Concebir’, y agrega que “hoy en día, si querés que la obra social te cubra toda la medicación -que cuesta alrededor de 50 mil pesos- tenés que hacer una denuncia en Consumo Protegido y la Superintendencia de Salud”.

Desde hace un año de Antón es mamá de una nena, luego de una década de tratamientos de baja y alta complejidad. En 2011 -antes de la sanción de la Ley nacional- le ganó un juicio a su prepaga, que le tuvo que cubrir dos procedimientos.

“Todavía no vimos ningún caso en el que se esté cubriendo el tratamiento total, desde la criopreservación de los embriones hasta la medicación”, dice la presidenta de ‘Concebir’, y señala que “esto tendría que ser fluido, uno no tendría que estresarse porque la prepaga te dijo que no; ya bastante estrés tenés con el diagnóstico, sabiendo que el tratamiento puede fallar”.

“Me ponían muchas trabas”

Laura Vilapriñó fue madre hace un año, después de 4 años de tratamientos de baja y alta complejidad. Con el último -una segunda ‘in vitro’ que la convirtió en mamá de Laurentina- tuvo que batallar contra su prepaga.

“No me decían ‘no te lo vamos a cubrir’ pero me ponían muchas trabas, siempre decían que faltaba algún estudio y, cuando lo presentaba, no me entregaban la medicación. Eso dilataba el inicio del tratamiento”, cuenta a este diario.

A principios de diciembre de 2014, Vilapriñó y su pareja presentaron una acción de amparo cuya medida cautelar prosperó por decisión de la Justicia Federal de 1° Instancia y la obra social tuvo que cubrir el tratamiento de fertilización asistida en forma íntegra.

Sebastián D. Longhi, abogado de la pareja, explica que “la Justicia nos dio la razón en todo y la obra social ni siquiera apeló; se hizo eco de la resolución judicial. Y, si bien puso algunas trabas administrativas, finalmente le cubrió el 100% del tratamiento”.

Vilapriñó agrega que “incluso me llamaron para devolverme la plata que había puesto para la medicación porque hasta el momento sólo me había cubierto el 40%”.

Cambios recientes

El Decreto 956/13 que reglamenta la Ley establece que una persona podrá acceder a un máximo 4 tratamientos de baja complejidad por año y a hasta 3 de alta, aunque no especifica si esos 3 serán anuales o de por vida.

Las obras sociales interpretaban esto último según su conveniencia, pero la Resolución 1 del Ministerio de Salud de la Nación emitida el 2 de enero de este año aporta algo más de claridad al tema.

Entre otras cuestiones, establece que en los tratamientos de alta complejidad se podrán realizar hasta 3 transferencias de embriones ?en fresco o criopreservados, es decir, congelados- como parte de una misma intervención.

Sobre esto, Paula Castro explica que “las prepagas tomaban cada transferencia como un tratamiento de alta complejidad, entonces se reducían las posibilidades. La nueva Resolución aclara que cada tratamiento de fertilidad incluye 3 transferencias de embriones”.

Estos obstáculos son bastante comunes. El abogado Hernán Valsecchi patrocina a una pareja que espera realizarse la tercera ‘in vitro’ luego del fracaso de 2 intervenciones anteriores.

La pareja está en litigio con su obra social porque aún tiene embriones criopreservados en el centro de salud en el que se realizó la primera intervención pero que poco tiempo después dejó de prestar servicios a la prepaga que contrató la mujer.

“Había embriones congelados en el centro de salud y desde la obra social nos decían que teníamos que llevarlos a otra institución que nos ofrecían, teniendo que pagar mis clientes el traslado; una locura”, analiza Valsecchi en diálogo con LA CAPITAL, y agrega: “estamos hablando de algo delicado, son embriones, no una heladera o un televisor”.

Finalmente, remarca que “la persona no puede estar paseando sus óvulos o espermatozoides por todos lados porque la prepaga se peleó con el centro de salud”.

“Es un derecho, no una enfermedad”

La Ley nacional no considera a la infertilidad como una enfermedad, como sí lo hacía la norma bonaerense, de 2010.
En ese sentido, establece que “tiene derecho a acceder a los procedimientos y técnicas de reproducción médicamente asistida toda persona mayor de edad”, que “haya explicitado su consentimiento informado”.

La presidenta de ‘Concebir’, Gisela de Antón, celebra ese cambio porque –señala- “si se la considerara una enfermedad, la Ley incluiría solamente a las personas que tienen algún problema en sus óvulos o espermas y dejaría afuera a una pareja igualitaria”, es decir, del mismo sexo.

Por lo tanto, hoy en día “es un derecho”, remarca de Antón.

Para consultar
· Asociación ‘Concebir’: www.concebir.org.ar. En Facebook: Concebir Asociación Civil
· La abogada Paula Castro asesora en Facebook: Dra Paula Castro (Buenos Aires).
· Superintendencia de Servicios de Salud: 0800 222 SALUD (72583)

¿Qué es la Reproducción Médicamente Asistida?*

La reproducción médicamente asistida es una serie de procedimientos y técnicas que permite ser madres/padres a aquellas personas que por diversos motivos no pueden concretarlo por medios naturales.

Las técnicas de reproducción médicamente asistida comprenden a todos los tratamientos o procedimientos para lograr el embarazo.

Las técnicas de baja complejidad son aquellas que tienen como objetivo la unión del óvulo con el espermatozoide dentro del aparato de reproducción femenino, por ejemplo la estimulación ovárica y la inseminación intrauterina.

Las técnicas de alta complejidad son aquellas que tienen como objetivo la unión entre el óvulo y el espermatozoide por fuera del sistema reproductor femenino, incluyendo a la fecundación in vitro entre otras.

*Fuente: Ministerio de Salud de la Nación.