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El País 1 de octubre de 2020

Establecen protocolo sanitario para la votación de los bolivianos en la Argentina

Cumpliendo con las medidas que impone el tránsito de la pandemia en nuestro país, los ciudadanos bolivianos podrán elegir autoridades en el suyo

Ciudadanos bolivianos celebran la renuncia del presidente de Bolivia, Evo Morales, en Santa Cruz. Foto: EFE | Juan Carlos Torrejón.

El Gobierno nacional estableció un protocolo de medidas de seguridad sanitaria para los ciudadanos bolivianos que residen en la Argentina, con vistas a las elecciones que se realizarán en ese país el próximo 18 de octubre, en el marco del aislamiento social por coronavirus.

El protocolo fue publicado hoy en el Boletín Oficial, a través de la Decisión Administrativa 1784/2020 de la Jefatura de Gabinete.

Según indica la norma, el Ministerio de Salud “podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias para garantizar las condiciones de higiene y salubridad en todos los actos preparatorios del acto eleccionario”.

La medida le encomienda a la Dirección Nacional Electoral, la Secretaria de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior, la Cancillería, el Ministerio de Salud y el de Seguridad “coordinar con las jurisdicciones las acciones previas necesarias para el desarrollo de los comicios” en el país.

La resolución oficial indica que “los desplazamientos de las personas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades relacionadas con los actos preparatorios del acto eleccionario, garantizándose el desplazamiento del personal afectado a las actividades, incluyendo seguridad de los comicios y traslado de documentación con carácter previo al acto electoral”.

Asimismo, se deberá garantizar “también el ingreso al país y el tránsito interjurisdiccional del personal del Tribunal Supremo Electoral de Bolivia, de los observadores internacionales destacados para asistir al acto electoral y, demás autoridades”.

En el caso de las jurisdicciones, se determina que llevará a cabo las “acciones tendientes a la puesta a disposición de los establecimientos necesarios para el desarrollo del acto comicial”.

También, se dispone que las personas alcanzadas por la medida “deberán tramitar el Certificado de Circulación que la Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete pondrá a disposición en un campo específico denominado “Voto Exterior”, habilitado en el link: http://argentina.gob.ar/extranjeros”.