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La Ciudad 12 de noviembre de 2020

“Es una ley que viene a darle un marco legal a lo que ya está sucediendo”

La mirada del fiscal de Mar del Plata especializado en Estupefacientes, Leandro Favaro, sobre la nueva ley que reglamenta el uso medicinal del cannabis.

A través de un decreto publicado en los primeros minutos de este jueves el Gobierno Nacional reglamentó la ley 27.350 que permite el uso medicinal de la planta de cannabis incluido el autocultivo.

El fiscal Leandro Favaro, cotitular de la fiscalía temática de Estupefacientes, destacó el avance legal al sostener que “la medida es acorde a todas las críticas que había tenido la ley desde distintos sectores, activistas, cultivadores, ong’s, docentes e integrantes del poder judicial. Recoge todas esas críticas y a mi entender hay un compromiso de todas las posiciones que intervienen. Es una buena medida porque le viene a dar un marco legal e incluso de contralor, como lo dice el decreto, a lo que está sucediendo. Es regulación, no despenalización, sino regularización e intervención del Estado con varios fines, entre ellos para garantizar la calidad del producto”.

El decreto 738/2017 firmado por el presidente Alberto Fernández reglamenta tres artículos esenciales de la ley sancionada en 2017 y que tenía numerosos reproches. El cambio más radical que propone el decreto es la autorización para el autocultivo, es decir que cualquier persona que cumpla ciertos requisitos no podrá ser perseguida penalmente. Además se avanza también sobre el desarrollo científico y de investigación con más profundidad de regulación y control.

Favaro tiene un fallo relevante, a tono con esta mirada aperturista: logró entregar a la Universidad de Mar del Plata plantas secuestradas durante un allanamiento para abastecer las investigaciones sin que esto configure un delito. Ahora con la nueva ley decisiones judiciales complejas de ese tipo ya no serán tan necesarias porque podrá el cuerpo científico autoabastecerse sin complicaciones.

“Lo que cambia con la ley es que se crea una situación nueva que da la posibilidad de que el actuar de esa persona que cultiva no sea ilegítima. Deben haber algunas condiciones, como que la tiene que haber prescripto un médico matriculado, debe haber un consentimiento por los daños colaterales y además deberá estar autorizado el usuario por este organismo nuevo que crea el decreto. Sin esos pasos la conducta sigue siendo la misma que antes de la ley”, explica Favaro.

A propósito, en Mar del Plata y todo el partido de General Pueyrredon, área de competencia de la fiscalía de Estupefacientes, las causas que se sustancias a partir de la tenencia de plantas de cannabis son muy pocas. Tienen relación, más que nada, con hallazgos fortuitos en allanamientos por otras cuestiones o denuncias por robos. En el total, son pocos. Y de todos esos casos, vinculados con fines medicinales solo ha tenido el caso Cejas, que fue aquel en el que se determinó derivar lo secuestrado a la universidad.

“Hoy la situación puntual de esa fiscalía -aclara Favaro- es que quien tiene una planta para consumo personal en un ámbito privado que no afecte a terceros no se lo imputa porque se aplica el fallo Arriola, indistintamente si es o no para uso medicinal o recreativo. Más allá de eso, igual se procede al secuestro y si tiene una cantidad que excede el consumo personal puede ser imputado por tenencia simple. Si esa cantidad la tiene para meterla en el circuito comercial, se le puede imputar el delito de cultivo que ya es un delito federal”

Para Favaro, los temores de que esto aliente el autocultivo descontrolado no tienen fundamentos. “No creo que esto aliente el cultivo para consumo personal porque ya sucede. Querramos o no, caiga en la órbita judicial o no, sucede. No creo que tenga mucha influencia. Lo que sí hará es legalizar a muchas personas que lo hacen con fines medicinales y ahora tendrán un salvoconducto para poder tener su planta. No creo que aliente en lo más mínimo”.