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El País 31 de octubre de 2019

Endurecen el cepo y restringen monto máximo para adelantos en efectivo en el exterior

El Banco Central decidió establecer en US$ 50 el monto máximo por operación que podrán otorgar las entidades financieras como adelantos en efectivo a tarjetas en el exterior

La autoridad monetaria también desactivó la obligación de los bancos a pagar una tasa de interés mínima por depósitos a plazo fijo.

El Banco Central profundizó el cepo cambiario esta tarde y decidió establecer en US$ 50 el monto máximo por operación que podrán otorgar las entidades financieras como adelantos en efectivo a tarjetas en el exterior.
Mediante la comunicación “A” 6823, la autoridad monetaria determinó también que bancos y emisoras de tarjetas locales “deberán contar con la conformidad previa del Banco Central para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país a partir del primero de noviembre inclusive”.

Se trata de una norma que regirá para operaciones vinculadas con la participación en juegos de azar y apuestas, y la transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados el exterior.

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