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La Ciudad 8 de noviembre de 2022

En lo que va del año se denunciaron más de 80 “picadas” en la vía pública

Desde el municipio aseguraron que todas las carreras clandestinas denunciadas fueron “resueltas de manera positiva”. En este marco, se recordó que se habilitó de manera gratuita el Autódromo para realizar estas prácticas de manera controlada.

El Autódromo fue habilitado para realizar carreras de manera controlada.

El municipio informó este martes que, en lo que va del año, se realizaron más de 80 denuncias por “picadas” en la vía pública, práctica que está tipificada como un delito en el Código Penal.

“En la línea Whatsapp (223 633 7038) dispuesta por la Secretaría de Seguridad para denunciar estas prácticas ilegales, se recibieron en lo que va el año un total de 84 denuncias, resueltas de manera positiva”, señalaron desde la comuna a través de un comunicado, al tiempo que recordaron que “se implementó el espacio del Autódromo de manera gratuita para practicar carreras de velocidad”.

En este marco, el intendente Guillermo Montenegro, acompañado por el concejal Fernando Muro, se reunió con Alejandro Martínez, marplatense referente del ¼ de milla en nuestro país.

“La idea es tratar de mejorar la seguridad vial de nuestra ciudad”, expresó Martínez. “Hoy en día el 1/4 de milla está creciendo muchísimo en Argentina. La idea es realizar algo hermoso para que pueda disfrutar la familia, que le favorezca en varios sentidos a la ciudad, para que la gente no corra en las calles y se enfoque más que nada en los eventos o se dedique a esa gama que es la parte más linda. Es seguridad para la calle”, agregó.

Cabe señalar que correr picadas en la vía pública es un delito tipificado en el artículo 193 bis del Código Penal, el cual establece que “será reprimido con prisión de 6 meses a 3 años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo con motor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente.”

La misma pena se aplicará a quien organizare o promocionare la conducta prevista en el presente artículo, y a quien posibilitare su realización por un tercero mediante la entrega de un vehículo con motor de su propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que será utilizado para ese fin”, añade dicho artículo.



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