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Opinión 21 de diciembre de 2018

El relato de los fueros

Por Pablo Sieira

Los escándalos y los expedientes judiciales que rodean al Congreso reactivaron el relato de los fueros parlamentarios, una construcción discursiva casi mítica sobre el efecto que tiene esa figura legislativa en los procesos judiciales.

Los fueros sólo otorgan inmunidad de arresto y de allanamiento, pero no entorpecen en nada el procedimiento judicial y esto corre tanto para los senadores Cristina Kirchner (Frente para la Victoria) y Juan Carlos Marino (Cambiemos), como para la diputada Aída Ayala (Cambiemos), los casos más próximos.

En la Ley de Fueros (25.320) está claramente establecido que cuando un juez abre una causa penal en la que se imputa a un legislador sujeto a desafuero “el tribunal competente seguirá adelante con el procedimiento judicial hasta su total conclusión”.

Esto significa que puede ser procesado, imputado, citado a indagatoria (aclara la ley que esto último “no se considera medida restrictiva de la libertad” y por lo tanto no choca con los fueros), juzgado y condenado.

Sin embargo, hay un relato que le ofrece al gran público una idea distinta, al tiempo que esparce la teoría del “Congreso-aguantadero” y la de “la transparencia de quien renuncia voluntariamente a sus fueros para someterse a la Justicia”.

Esas dos teorías sostienen la ficción que alimentan algunos medios de comunicación y (lo que es más sorprendente) un sector de la propia dirigencia política, los mismos legisladores nacionales que optan por sacar rédito de la confusión en lugar de ejercer un rol más educativo.

La Cámara Federal porteña ratificó el procesamiento con prisión preventiva de la ex presidenta en la causa de los cuadernos, misma medida judicial que pesa sobre Aída Ayala, quien espera que la Cámara de Casación defina el próximo miércoles su situación.

Ambas legisladoras respondieron hasta ahora a todos los requerimientos de la Justicia y pueden seguir haciéndolo sin ser desaforadas; de hecho, en la causa Hotesur ya hay un pedido para que la ex presidenta vaya a juicio oral, lo que evidencia (por si la ley no bastara) que su condición de legisladora no obstaculiza el proceso.

La lupa no debería centrarse, por lo tanto, en los fueros sino en si la prisión preventiva es o no necesaria de acuerdo al caso, una discusión que lleva adelante casi en soledad el jefe del Bloque Justicialista del Senado, Miguel Pichetto, quien a pesar de estar completamente alejado de Cristina Kirchner se niega a aprobar su desafuero por considerar que la prisión sólo se justifica ante un riesgo de fuga.

“¿Cuál es el riesgo respecto de la ex presidenta de fuga? ¿A dónde va a ir? ¿Al µfrica meridional? ¿Cuál es la posibilidad hoy, fuera del poder, con pruebas ya recolectadas en la etapa de instrucción, para que pueda entorpecer la investigación? La ex presidenta es senadora, tiene su domicilio, ha comparecido las veces que fue requerida, me parece un exceso, un disparate”, disparó Pichetto el último jueves.

La misma observación corre para Ayala, aunque Cambiemos pronuncia un discurso público distinto del de Pichetto al afirmar que si la Cámara ratifica la prisión preventiva, el cuerpo legislativo (ya sea Senado o Diputados) debe aprobar el desafuero.

Sin embargo, en los hechos el oficialismo no respeta su doctrina, dado que la prisión preventiva de Ayala ya fue confirmada por la Cámara de Apelaciones de Resistencia (Chaco) y la diputada nacional mantiene sus fueros y espera un pronunciamiento de la Cámara de Casación.

Por todo esto, el peronismo gestiona un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia sobre el tema, para establecer un criterio que dé claridad porque, al parecer, con la ley no alcanza.

La renuncia imposible

Tras la denuncia por presunto acoso sexual contra el senador Marino, los referentes de Cambiemos salieron a destacar que el pampeano se presentaría ante la Justicia “sin fueros” y, posteriormente, el legislador radical se defendió en el recinto de la Cámara alta y dijo que ponía sus fueros “a disposición del cuerpo”.

Se asiste aquí nuevamente al relato, a la construcción ficcional, dado que ningún legislador puede renunciar a sus fueros parlamentarios, los cuales siempre están “a disposición” de la Cámara correspondiente del Congreso.

Los fueros no son personales sino que son de la Cámara y por lo tanto sólo el conjunto de los legisladores puede decidir si uno de sus pares mantiene o no esa inmunidad de arresto.

El discurso sobre la renuncia imposible es ni más ni menos que otra herramienta de manipulación de la opinión pública, que se utiliza para hacer creer que el supuesto renunciante es más transparente que quien mantiene sus fueros.

En el caso puntual de Cambiemos, ese relato apunta a exponer a Cristina Kirchner y al Bloque Justicialista.

No obstante, también el Frente Renovador de Sergio Massa llevó a cabo tiempo atrás una movida similar, cuando el bloque de diputados afirmó públicamente que renunciaba a sus fueros para estar siempre a disposición de la Justicia.

Los fueros no impiden a ningún legislador rendir cuentas ante la Justicia ni el avance de un juicio oral ni tampoco una eventual condena: el senador Carlos Menem está condenado a cuatro años de prisión por el pago de sobresueldos durante su Presidencia.

En todo caso, puede discutirse la llamada “doctrina Menem” o “doctrina Pichetto”, que señala que el desafuero no procede hasta que se pronuncie la Corte Suprema, pero no puede afirmarse que los fueros impidan el avance de la Justicia.

Si la Justicia no avanza o es lenta, las razones habrá que buscarlas en otro lado.