El País

El Gobierno podrá publicar los datos cuando esté cargado el 10% de los votos de los principales distritos

La jueza María Servini hizo lugar a una solicitud del Frente de Todos. Se esperarán los resultados de Provincia de Buenos Aires, Capital Federal, Santa Fe y Córdoba.

La jueza electoral María Servini resolvió que recién con el 10 por ciento de votos de las jurisdicciones de Provincia de Buenos Aires, Capital Federal, Santa Fe y Córdoba se puedan comenzar a difundir los primeros resultados del escrutinio.

Tras un pedido de Frente de Todos, la jueza dispuso al Ministerio del Interior y a la empresa Smartmatic, contratada para sistematizar el resultado, “que una vez que se encuentren cargados el 10 por ciento de las mesas” es que podrán publicar los primeros datos.

“Las citadas cuatro provincias concentran el mayor número de electores del país, aproximadamente el 62 por ciento, y por el otro, en las dos primeras jurisdicciones no solo se eligen precandidatos para las categorías nacionales -Presidente y Vicepresidente, Senadores Nacionales y Diputados Nacionales- sino que también se seleccionan los cargos de las categorías locales”, justificó la magistrada.

En ese sentido, aclaró que en las provincias Córdoba y Santa Fe “solo eligen precandidatos para las categorías nacionales de Presidente y Vicepresidente, y Diputados Nacionales, lo que supone una carga mas agilizada de los resultados obtenidos por las fuerzas políticas participantes”.

El pedido del Frente de Todos presentado el amparo el día sábado era para que se inste a las autoridades electorales del Poder Ejecutivo Nacional, a cargo del escrutinio provisorio para que se prevea “el establecimiento de un sistema equitativo y equilibrado de difusión de la totalización de resultados”.

La jueza valoró en su resolución, a la que accedió NA, que lo resuelto es en virtud de “la inquietud de los representantes de distintos partidos políticos, como así también de las noticias periodísticas que circulan en los distintos medios de difusión masiva, en cuanto al escrutinio provisorio; particularmente con la cuestión referida a la carga y publicidad de los telegramas”.

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