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El País 12 de abril de 2019

El Gobierno modificó por decreto reglas electorales para que no haya colectoras

Los partidos políticos no podrán ir divididos en la elección presidencial y unirse en otro nivel. La medida modifica un decreto reglamentario de 2011

El Gobierno modificó por decreto las reglas de las elecciones nacionales para evitar que los partidos lleven listas colectoras en momentos en que dirigentes peronistas analizaban utilizar esa herramienta en el marco de un acuerdo político en la provincia de Buenos Aires.

Lo hizo mediante el decreto 259/2019 publicado en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de  Gabinete, Marcos Peña y el ministro del Interior, Rogelio Frigerio.

En la oposición la norma fue interpretada como una forma de evitar un posible pacto entre el PJ y el Frente Renovador en la provincia de Buenos Aires.

De esta manera, en las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias, “las distintas secciones de la boleta deberán  corresponder a agrupaciones que tengan idéntica denominación”.

Puntualmente, lo que se determina es que los partidos políticos no podrán ir divididos en la elección presidencial y unirse en otro nivel.

Además, se indicó que “solo en el caso en que no participen agrupaciones de igual denominación en todas las categorías de cargos a elegir, las listas que compiten por una agrupación de  distrito podrán adherir sus boletas con las correspondientes a listas de una única agrupación política de orden nacional de  diferente denominación”.

Lo mismo rige para “las listas que compitan por una agrupación política de orden nacional”.

Según se indicó: “estas solo podrán adherir sus boletas con las correspondientes a listas de una única agrupación política de distrito de diferente denominación cuando no compita una de su misma denominación”.

Sumado a eso, se indicó que “en ningún caso se permitirá que a través de un acuerdo de adhesión una misma lista de candidatos para las elecciones generales se encuentre en más de una boleta”.

Las adhesiones deberán contar “con el consentimiento expreso de los apoderados de las listas” y deberán presentarse “ante el  Juez Federal con competencia electoral en el plazo establecido para la conformación de las alianzas”.

Formalmente, el decreto modifica un decreto reglamentario de 2011, pero desde la oposición argumentaron que se modifica en los hechos el Código Electoral por decreto, lo que podría ser impugnado ante la Justicia.