El Gobierno modificó la forma de clasificar a “grandes contribuyentes impositivos”
La nueva resolución de la ARCA precisa parámetros cuantificables y trazables. Pasan a estar bajo la órbita de control de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes, dependiente de la DGI.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció este lunes una actualización integral del régimen de grandes contribuyentes que suma control sobre ese universo y además le da más poder a la Dirección General Impositiva (DGI).
La medida fue oficializada a través de la Resolución General 5670/2025 publicada en el Boletín Oficial.
Los grandes contribuyentes ahora pasan a estar bajo la órbita de control de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes, dependiente de la DGI.
La norma modifica los criterios de segmentación de los contribuyentes.
Mientras que el régimen anterior se basaba en criterios generales genéricos como “importancia” o “sector económico” u “otras condiciones específicas”, la nueva resolución precisa parámetros cuantificables y trazables.
Los criterios son:
– Obligaciones impositivas activas
– Declaraciones juradas presentadas
– Volumen de ventas y/o exportaciones
– Nivel de empleo
– Movimientos de fondos
– Operaciones con divisas
– Tenencia de bienes
– Vinculaciones comerciales y/o societarias
– Capacidad operativa de la unidad que administre el segmento
El padrón de grandes contribuyentes será revisado obligatoriamente cada dos años, con posibilidad de realizar incorporaciones extraordinarias de hasta un 10% del total de contribuyentes, siempre que haya razones fundadas.
El tributarista Sebastián Domínguez señaló que “una novedad importante es que se incluirá en forma automática en el padrón de grandes contribuyentes a los siguientes sujetos:
– Obligados a presentar el Informe País por País (RG 4130)
– Sujetos con determinación conjunta de precios de transferencia
– Contribuyentes en actividades de alta complejidad
– Vehículos de Proyecto énico (VPU) y sociedades que los integren (RG 5590)
“Esto implica que ciertas estructuras reciben seguimiento intensificado por su potencial riesgo fiscal”, señaló Domínguez.
Las notificaciones con la incorporación o desafectación del padrón se efectuará mediante acto administrativo emitido por la DGI y se notificará a través del Domicilio Fiscal Electrónico o los medios del artículo 100 de la Ley 11.683.

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