El gobierno bonaerense reglamentó la Ley de Generación Distribuida
Permitirá que los vecinos y vecinas que instalen paneles solares puedan inyectar su energía a la red eléctrica.
El "pozo 353" combina la energía tradicional con la solar.
El gobierno de la provincia de Buenos Aires reglamentó hoy la Ley de Generación Distribuida, que permitirá que los vecinos y vecinas que instalen paneles solares puedan inyectar su energía a la red eléctrica.
El objetivo es promover el uso de energías renovables, así como mejorar la calidad del servicio eléctrico a partir de la generación de energía domiciliaria, se consignó en un comunicado.
A partir de la publicación del Decreto reglamentario 2371/2022 de la Ley 15.325, los vecinos y vecinas de la provincia de Buenos Aires podrán convertirse en “usuarios-generadores” (UG) instalando paneles solares en sus domicilios, y estarán habilitados para la generación de energía por fuentes renovables para el autoconsumo.
Se destacó además que podrán inyectar el excedente a la red eléctrica, recibiendo una remuneración por ello, y se remarcó que “para promover esta actividad, la provincia de Buenos Aires incorpora dos exenciones impositivas por 12 años: el impuesto a los Ingresos Brutos por la inyección de los excedentes de energía renovable a la red de distribución, y el impuesto de Sellos a los contratos que suscriban los usuarios con las empresas distribuidoras”
La posibilidad de generar e inyectar energía en forma particular no sólo genera ahorros en las facturas del servicio eléctrico, sino también permite un uso más eficiente de la energía, y promueve hábitos de cuidado ambiental imprescindibles para el futuro.
Registro
La reglamentación de la ley designa Autoridad de Aplicación al Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, y prevé la creación del Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires (Ruger), en el ámbito del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (Oceba), donde constarán los usuarios generadores (UG) inscriptos por las distribuidoras provinciales y municipales de energía eléctrica.
Además, se define como usuario generador al hogar que instala en el domicilio equipos de energía renovables destinado a su propio consumo, y con la posibilidad de volcar los eventuales excedentes de electricidad a la red de distribución eléctrica.
No están comprendidos los grandes usuarios o autogeneradores del mercado eléctrico mayorista, según se indicó.
Los UG de Edenor y Edesur -ya adheridos a la ley nacional- que deseen acceder a los beneficios provinciales, deberán ingresar su certificado de usuario generador expedido por el Registro nacional en el Ruger, a través de su distribuidora.
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