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El País 13 de marzo de 2020

El Gobierno amplía y prorroga hasta fin de año moratoria para constructoras en infracción

Lo hizo a a través de una resolución del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (Ieric).

El gobierno nacional amplió y prorrogó hasta el 31 de diciembre próximo la vigencia de los planes de pago para empresas constructoras que hayan incurrido en infracciones, a través de la resolución 33/2020 del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (Ieric) publicado este viernes en el Boletín Oficial.

La misma señaló que teniendo en consideración la situación económica por la que transcurre el país y la industria de la construcción en particular, resulta necesario mantener la continuidad de lo dispuesto en la resolución Ieric 30/2018, para favorecer la posibilidad de regularizar la situación de las empresas constructoras que hubieran incurrido en incumplimientos a lo dispuesto por la ley.

La resolución 30/2018 estableció la aplicación de una tasa de interés de financiamiento de 1% mensual, determinado según el sistema francés, a los planes de facilidades de pago que se otorguen hasta en 60 cuotas por multas impuestas que se acuerden, anteriores al 31 de julio de 2018.

También fijó una tasa del 0,5% mensual, determinado según el sistema francés, a los planes de facilidades de pago que se otorguen hasta en 24 cuotas.

Estos mismos intereses podrán ser aplicados a las multas impuestas por actas labradas con posterioridad al 31 de julio de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019, en la medida que la empresa sumariada posea otros sumarios, ya acordados o a acordarse mediante plan de facilidades de pago, con actas labradas anteriores al 31 de julio de 2018.

La nueva resolución, la 33/2020, también amplió el ámbito de aplicación, comprenderá las actas de inspección o infracción que se hubieran labrado hasta el 31 de diciembre último como así también toda actuación que se genere como consecuencia de las mismas.

Además habilitó el acceso a un plan de facilidades para el pago en cuotas de las multas impuestas, en 12 cuotas sin intereses; en 24 con un interés del 0,5% mensual; y en 48 ó 60 cuotas con una tasa del 1% mensual.

En ningún caso las cuotas pactadas podrán ser inferiores a $ 7,000 para las personas humanas y $ 10.000 para las jurídicas, y el monto mínimo determinara la cantidad de pagos a los que se podrá acceder según sea el caso.