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El País 18 de agosto de 2023

Economía destina $1.500 millones para financiar a productores apícolas

La asistencia económica deberá ser destinada a la compra de insumos necesarios para el sostenimiento y recuperación de la actividad productiva afectada.

El Ministerio de Economía creó el Programa de Fortalecimiento Productivo para la Cadena Apícola, a través de la resolución 1186/2023 publicada en el Boletín Oficial, que financiará con $ 1.500 millones las mejoras de las condiciones productivas y comerciales de los productores apícolas de todo el país, “cuidando la rentabilidad del sector”.

La resolución también determinó que podrán ser beneficiarios del programa los productores y las productoras que cuenten con stock de colmenas, tengan registrados y actualizados sus datos (con credencial vigente) en el Registro Nacional de Productores Apícolas (Renapa) al 28 de febrero de este año, y posean entre 5 y 500 colmenas declaradas.

Asimismo indicó que la asistencia económica para el fortalecimiento productivo para cada beneficiario deberá ser destinada a la compra de insumos necesarios para el sostenimiento y recuperación de la actividad productiva afectada.

Al respecto precisó que a quienes tengan de 5 hasta 150 colmenas, les corresponderá $ 1.500 para cada una; entre 151 y 300, recibirán $ 750; y de 301 hasta 500, la asistencia será de $ 500 por colmena.

La normativa aclaró que los productores que contaren con más de un colmenar en su registro y a su nombre en todo el territorio nacional en el Renapa, serán tratados como únicos beneficiarios, considerando que las distintas unidades productivas conformarán una totalidad sobre la base de la cual se establecerá la procedencia del beneficio y el monto.

Además puntualizó que los productores interesados en recibir el beneficio deberán ingresar al sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través del servicio Autogestión Sagyp, y solicitar expresamente el beneficio por vía del enlace al Programa Apícola, indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) a su nombre a los efectos de posibilitar el pago del beneficio, constituir domicilio en una casilla de correo electrónico, y cumplir con el procedimiento de solicitud y carga de información necesaria para la tramitación del beneficio.