Desdoblar o no desdoblar, esa es la cuestión
Por Eduardo Javier Niella*
Una duda similar a la que el genial William Shakespeare en su obra “Hamlet”, puso en el soliloquio del tercer acto, pronunciada por el príncipe que la protagoniza: “Ser o no ser, esa es la cuestión”, es la que por analogía nos ha inspirado para titular este artículo en el que abordaremos la duda que por estos tiempos subsume a la política bonaerense en general y al gobernador Axel Kicillof, quien es el que por mandato constitucional decidir al respecto.
Como primera consideración, al igual que lo hicimos en julio de 2023 en nuestro articulo, queremos señalar que el desdoblamiento de las elecciones provinciales de las nacionales no es un fenómeno nuevo como mediáticamente se pretende instalar, ha estado en debate y consideración muchas veces.
Es cierto sí que en el caso de nuestra provincia nunca se materializo, también es un hecho fáctico comprobable que desde la vuelta a la democracia solo ha habido dos elecciones con simultaneidad absoluta, entonces encontramos que, en 1987, 1991 y 2003 los bonaerenses elegimos solamente diputados nacionales juntamente con los cargos provinciales y municipales, teniendo entonces centralidad la cuestión provincial.
Si nos detenemos en la consideración de esos tres momentos electorales podemos señalar que tienen en común que las tres ocurrieron en el mes de septiembre, el 6, el 8 y el 14 fueron los domingos elegidos de cada año respectivamente, en las tres ocasiones no regia el sistema de la ley nº 14.086 “Elecciones Primarias Abiertas Obligatorias y Simultáneas” (EPAOS). En 1991 y 2003 los gobiernos nacional y provincial eran del mismo signo político.
La elección de 1987 es muy significativa porque la primera de renovación de las gobernaciones, siendo la segunda y única vez, la otra fue en 1983, en que coincidieron simultáneamente en todo el país. Tuvo como hecho político y categórico que la elección polarizada en la provincia de Buenos Aires, por su significación electoral: tiene casi el 40% del padrón total del país, arrastro con la victoria de Antonio Francisco Cafiero sobre Juan Manuel Casella (recordar que ambos protagonizaron el primer debate electoral televisivo) un triunfo arrasador del peronismo en todo el país. Era un chascarrillo de la época: “la UCR es mas UCR que nunca porque sus siglas significan Únicamente Córdoba y Río Negro”.
La Ley Nacional nº 15.262 de Simultaneidad Electoral fija en su art. 2 en sesenta días la anticipación mínima obligatoria para informar a las autoridades federales la adhesión al calendario electoral nacional. Esto significa que aún faltan 8 meses para que las provincias deban tomar la decisión final sobre si acoplan o no sus comicios a los nacionales. Hay tres estados subnacionales que por mandato constitucional evitan esta disyuntiva, al tener elecciones locales desfasadas: Tierra del Fuego, Chaco y Corrientes (por calendario).
El federalismo tiene entre sus beneficios el aumentar las posibilidades de satisfacción de las preferencias del electorado. El politólogo catalán Josep Colomer defiende esta forma de organizar políticamente al territorio por su tendencia a responder a las demandas del “votante mediano”. La existencia de dos o más niveles de poderes estatales con cargos electivos permite a un votante que no se ve representado por el partido de gobierno nacional contentarse con una representación en el nivel estadual o local.
En el ideal federal, para que tanto la elección nacional como la provincial puedan tener agenda, propuestas y resultados propios, los comicios deben realizarse de manera separada. A su vez, el desdoblamiento potencia las posibilidades de gobiernos divididos verticalmente, que, al contrario de la creencia generalizada, es positivo en cuanto a la satisfacción de demandas ciudadanas.
Ahora, los motivos para desdoblar (o no) poco tienen que ver sólo con los fundamentos del óptimo funcionamiento de un federalismo. Tienen que ver con el desquicio provocado por un desordenado e improvisado cambio del sistema electoral que pretende introducir el Gobierno Nacional y sus aliados como ya aconteció con la aprobación de la ley de Boleta Única Papel (BUP), a los que, sin una discusión profunda, sin consensos mayoritarios entre las fuerzas políticas se sostiene que los asuntos provinciales y los federales no tienen muchas diferencias y sería un gasto inútil separar los comicios.
Vale destacar, porque es una cuestión de principios, las provincias son preexistentes al Estado Nacional y como tales la designación de sus gobernantes debe realizarse con la mayor centralidad posible.
Desde la vuelta a la democracia solo ha habido dos elecciones con simultaneidad absoluta. En la evolución del actual período constitucional se dio un crecimiento del desdoblamiento como un símbolo de la provincialización del sistema de partidos. Presidentes impopulares y la falta de liderazgos opositores claros y convocantes han provocado que el desdoblamiento se vuelva parte de la normalidad en los años electivos.
Luego de la crisis de representatividad a partir del 2001, el desacople logró que en el 2003 tuviéramos catorce fines de semana electorales en el país.
La ley nº 27.781 en su art. 37º modifica el art. 3º de la ley nº 15.262 estableciendo que “En ningún caso podrán incorporarse categorías provinciales o municipales a la Boleta Única en la que se eligen categorías de cargos nacionales y la elección de cada jurisdicción se llevará a cabo en urnas separadas.” Manda que de hecho desdobla la elección nacional de la provincial y solo admite en el art. 38º la posibilidad de elecciones concurrentes.
Luego que fracasara estrepitosamente la única experiencia conocida de celebración de elección concurrente, que fue la de las PASO del 13 de agosto del 2023 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Jueza Federal nº 1 de la Capital Federal con competencia electoral, Dra. María Romilda Servini al dejar sin efecto el convenio celebrado con el IGE (Instituto de gestión Electoral) de la Ciudad, indicó que el Ejecutivo porteño deberá “reconsiderar su ingeniería electoral, dejando de lado las cuestiones políticas, y diseñando un sistema pensado en facilitar a las personas el ejercicio del derecho al sufragio y así conseguirán, seguramente, una opción que funcione”.
En este estado estamos, debe adoptarse entonces por parte del Poder Ejecutivo Provincial una decisión que garantice la mejor forma a los ciudadanas y ciudadanos bonaerenses el ejercicio de su derecho electoral de elegir y ser elegidos.
Para nosotros los peronistas siempre debe guiarnos la primera verdad de nuestra doctrina: “La verdadera democracia es aquella donde el gobierno hace lo que el Pueblo quiere y defiende un solo interés: el del Pueblo.”
*La Corriente – Unión por la Patria.
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