Denuncian incumplimiento de la ordenanza que prohíbe caños de escape ruidosos
La normativa rige desde mayo, pero su autor, el concejal Miguel Guglielmotti, señaló que el intendente Guillermo Montenegro no la hace cumplir. Múltiples organizaciones expresaron su apoyo al reclamo de que se haga efectiva la ordenanza.
El Concejo prohibió la circulación de motos con escapes ruidosos.
La ordenanza sancionada por unanimidad en el Concejo Deliberante que prohíbe la circulación de vehículos con caños de escape modificados en Mar del Plata “no se está cumpliendo”, denunció su autor, el concejal Miguel Guglielmotti (Unión por la Patria) y responsabilizó directamente al intendente Guillermo Montenegro.
La normativa se aprobó en abril y rige desde mayo, pero “la falta de controles ha conspirado contra el espíritu del proyecto”, aseguró el edil opositor.
Según Guglielmotti, el “desmantelamiento” de la Dirección de Tránsito y la falta de recursos y personal para realizar los controles necesarios están impidiendo la aplicación de la ordenanza.
“Trabajamos durante mucho tiempo para que Mar del Plata pudiera resolver un problema que afecta a muchas personas, incluimos sectores de la sociedad al debate y escuchamos a todos los sectores políticos para que está reglamentación se hiciera efectiva. Sin embargo hoy en las calles el ruido de los caños de escapes sigue siendo un problema grave”, manifestó el concejal.
La normativa, que prohíbe el uso de caños de escape modificados o libres que generen explosiones, fue elogiada a nivel nacional y sirvió de modelo para otros municipios. Sin embargo, “la falta de una campaña de concientización y la carencia de herramientas y personal” para hacer cumplir la disposición, terminó limitando su eficacia.
Guglielmotti marcó que esta falta de cumplimiento sigue afectando principalmente a personas con trastorno del espectro autista, quienes se ven especialmente perjudicados por el ruido constante.
Organizaciones como la asociación civil Mundo Azul TEA, el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) y el Sindicato de Cadetes, Mensajeros y Motoristas, que también participaron en la redacción del proyecto, expresaron su apoyo al reclamo de que se haga efectiva la normativa.
“Pasamos de ser un ejemplo en el país por una reglamentación seria y consensuada a enfrentar una triste realidad por la desconexión del intendente con los problemas reales de los vecinos”, concluyó Guglielmotti, instando a las autoridades a tomar medidas inmediatas para asegurar el cumplimiento de la ley y mejorar la calidad de vida en la ciudad.
¿Qué sanciones contempla?
La ordenanza prohíbe la circulación de motos que no tengan caños de escape homologados o que hayan sido modificados. También a las que produzcan ruido de impacto por aceleración, desgaste, defecto o por carecer de silenciador u otros mecanismos.
Según lo dispuesto, los vehículos que circulen en infracción deberán ser retenidos por el personal municipal. El titular o quien posea la tenencia legítima del vehículo deberá presentar la documentación exigida por la normativa vigente para requerir la restitución del rodado, que deberá encontrarse en condiciones reglamentarias para su circulación.
Las multas podrán ir de uno a diez salarios mínimos del personal municipal. La penalización prevista también incluye el decomiso de los elementos antirreglamentarios o en infracción. En caso de reincidencia dentro del plazo de un año, la multa se duplicará.
El personal municipal designado para efectuar el control vial podrá utilizar material fotográfico o fílmico como prueba para el acta contravencional que eleve al Juzgado de Faltas.
La norma exceptúa a los vehículos que, en circunstancias temporales y especiales, participen de actividades como exposiciones o competencias habilitadas dentro del ejido urbano, las que deberán tener el permiso correspondiente para esas ocasiones y sólo podrán hacerlo en el circuito permitido para tal fin.
Además, faculta al Departamento Ejecutivo a realizar campañas de concientización y difusión.
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