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Interés general 2 de junio de 2016

Denuncian a Aranguren y al interventor del Enargas por no hacer audiencia pública antes del aumento del gas

La denuncia fue realizada por el titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Sergio Rodríguez, tras una presentación del fiscal general de Mar del Plata, Daniel Adler. Es por no haber realizado la audiencia pública previa al incremento de las tarifas de gas, como lo dispone la ley 24076.

El Ministerio de Energía y Minería, conducido por Juan José Aranguren, lleva adelante el proceso licitatorio.

El fiscal nacional a cargo de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Sergio Rodríguez, denunció hoy al ministro de Energía y Minería de la Nación, Juan José Aranguren, y al interventor del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), David José Tezanos González, por la presunta comisión de los delitos de abuso e incumplimiento de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, por no haber realizado la audiencia pública previa al incremento de las tarifas de gas aplicado en Mar del Plata.

Rodríguez le dio curso así a los hechos que habían sido presentados ante la PIA por el fiscal general ante la Cámara Federal de Apelaciones de esa jurisdicción, Daniel Adler. El representante del MPD marplatense había señalado que -a partir de su intervención en el expediente judicial por un recurso de amparo interpuesto- advirtió “la posible comisión de infracciones penales, ello en tanto se ha incumplido con el artículo 46 de la ley 24076 que prevé la realización de una audiencia pública previa al incremento de las tarifas, con pleno conocimiento que así se procedía –evidenciado en la justificación ensayada en la resolución Enargas 3732/2016- y con grave perjuicio a los derechos a la calidad de vida de la población de este circuito federal, que sufrió un fuerte impacto en la suba del gas domiciliario”.

Adler consideró que “este procedimiento previo con intervención de los interesados, como es la audiencia pública en este tema específico del gas donde hay una ley especial que indica su necesidad de realización en materia de tarifas, es una garantía implícita en la normativa constitucional que reconoce y consagra la tutela de los usuarios”, y además precisó que “el artículo 46 de la ley 24076 dispone: ´Los transportistas, distribuidores y consumidores podrán solicitar al Ente Nacional Regulador del Gas las modificaciones de tarifas, cargos, precios máximos, clasificaciones o servicios establecidos de acuerdo con los términos de la habilitación que consideren necesarias si su pedido se basa en circunstancias objetivas y justificadas. Recibida la solicitud de modificación, el ente deberá resolver en el plazo de sesenta (60) días previa convocatoria a audiencia pública que deberá celebrarse dentro de los primeros quince (15) días de la recepción de la citada solicitud”.

“En consecuencia, la ausencia de audiencia pública, prevista específicamente para el cambio de tarifas en el gas no sólo ha obturado la discusión ciudadana sobre el punto impidiendo el control del consumidor, sino que constituye un incumplimiento de la ley de parte de la autoridad en un tema que afecta el derecho de las personas a su calidad de vida”, señaló luego el fiscal general Adler en la presentación ante la PIA.

Por su parte, el titular de la PIA concluyó que correspondía poner en conocimiento de las autoridades judiciales pertinentes lo referido por el fiscal general marplatense. “La explicación brindada, en función de las figuras delictivas invocadas, describe, en sus términos, los requisitos típicos objetivos y subjetivos de la conducta ilícita que se atribuye conforme lo describen los arts. 248 y 249 del Código Penal”, manifestó Rodríguez.

Por otro lado, Rodríguez explicó que las resoluciones emitidas recientemente por el Juzgado Federal de Rawson y por el Juzgado Civil, Comercial y Contencioso Federal Nro. 4 de La Plata contribuyen “a ampliar el contenido de la presentación formulada por el Dr. Adler, sin perjuicio de las interpretaciones finales distintas a las que allí se arriba”. De esa forma, el caso planteado en Mar del Plata “trascendería, en cuanto a los afectados, el ámbito territorial”, ampliándose a los “…usuarios del servicio de gas natural de la República Argentina que no han podido participar en la discusión que determinó el aumento del precio del gas natural en boca de pozo”.

Por ese motivo, Rodríguez sugirió que “la investigación a realizarse debería contemplar, según se considera, la ampliación de los actos investigados a las Resoluciones del ENARGAS análogas a la Nro. 3732/2016, mediante las cuales se aprobaron los cuadros tarifarios de las distintas empresas transportadoras y distribuidoras”.

La denuncia ya fue sorteada y recayó en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N°11. La PIA “estimó procedente” que “se obtengan del Ministerio de Energía y Minería y del Enargas, los expedientes que conforman el antecedente de las Resoluciones”, para así “reunir mayores elementos de conocimiento que permitan evaluar los hechos denunciados”.