Dejó sus huellas en un televisor y lo condenaron por un robo
Leonel Mauricio Martínez fue hallado culpable de un robo en octubre de 2016 en una casa del barrio Colina Alegre a la que ingresó cuando sus moradores no estaban. En esa época gozaba de salidas transitorias por otra condena por robo y fue considerado reincidente.
El Tribunal Oral en lo Criminal N°3 condenó a cuatro años y medio de prisión a un hombre por el robo de una casa del barrio Colina Alegre. La prueba fundamental en la que se basaron fueron las huellas dactilares que fueron encontradas en un televisor de la vivienda y que coincidían con las del imputado.
El condenado fue identificado como Leonel Mauricio Martínez, quien al momento del robo en casa de Colina Alegre gozaba de salidas transitorias, ya que purgaba una pena de 9 años de prisión otorgado por el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 por un hecho similar contra la propiedad privada en 2014.
Con este antecedente, los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N°3 consideraron a Martínez como reincidente ante este tipo de delitos, dejando la posibilidad de unificar las condenas y que cumpla la más alta, es decir la de 9 años de prisión, teniendo en cuenta que el hombre se encuentra detenido desde noviembre de 2016.
El hecho por que se condenó a Leonel Mauricio Martínez ocurrió el 25 de octubre en una casa ubicada en Chingolo al 2400, entre las 14 y las 19, período en que los moradores del lugar habían salido a trabajar. Según surge del debate, el imputado violentó la reja de una ventana ubicada en la parte posterior de la vivienda, ingresó al lugar y se apoderó ilegítimamente de una Tablet marca “Blu”, dos máquinas de afeitar, un reproductor de DVD marca “Phillips”, dos celulares marca “LG”, una notebook del plan “Conectar Igualdad”, dos cámaras fotográficas, prendas de vestir de hombre y la suma de dos mil pesos, para luego de ello darse a la fuga.
Si bien, ni el hombre ni la mujer víctima del robo pudieron identificar a Martínez, ya que expresaron que nunca lo habían visto, la prueba en la que se basaron los jueces para llegar a la condena fue científica, peritos pudieron extraer una huella dactilar de un televisor que esa tarde apareció tirado en el patio de la casa. Esa huella coincidió con la de Martínez.
En el debate, la abogada defensora oficial cuestionó la participación criminal de Martínez. Apoyó su argumentación en que la prueba colectada por la fiscalía no alcanzaba para probar con el grado de certeza requerida.
A pesar de esos argumentos, para los jueces del Tribunal, que se haya encontrado el dígito del índice de la mano izquierda de Leonel Mauricio Martínez sobre el televisor marca Samsung en la casa robada es una prueba inequívoca de la participación del imputado en el delito.
“No queda duda alguna que la prueba científica lo ubica en el interior de la vivienda a Martínez tocando el televisor. Cuestión que lo ubica temporal y espacialmente en esa tarde, ya que el mismo se encontraba tirado en el patio trasero. La lógica y el sentido común lo ubican a Martínez haciendo esa acción –trasladar el artefacto hacia los fondos en el mismo sentido de ingreso- ya que dudo que los propietarios hayan dejado el televisor en el lugar para que tomara sol, ni tampoco lo han dicho durante el debate”, expresó el juez en su argumentación Luis Riquert.
Además, para los jueces no es un dato menor que existía una corta distancia -de unos 200 metros- entre la vivienda del acusado y la de los damnificados.
Martínez fue detenido a los diez días del robo, en noviembre de 2016 en su casa también del barrio Colina Alegre. Durante el allanamiento realizado, no se secuestró ninguno de los objetos denunciados como robados. Para los jueces, este dato no fue relevante ya que consideraron que en esos diez días que la policía demoró en atraparlo pudo haberse desprendido de los artículos.
Con todos estos argumentos contra Martínez, el Tribunal Oral en lo Criminal N°3 lo condenó a cuatro años y medio de prisión por “robo agravado por efracción”, además de considerarlo reincidente en estos delitos y proponer una pena única de 9 años, que sería la correspondiente a su condena anterior de 2014.
Finalmente, declararon con carácter provisorio que el vencimiento de la pena impuesta operará el 9 de mayo de 2021, para lo cual se tiene en consideración que el causante se encuentra detenido ininterrumpidamente en el trámite de la presente causa desde noviembre de 2016.