Dejan sin efecto orden de preventiva contra Cristina Kirchner en la causa del memorándum con Irán
Para el TOF 8 de Capital, no hay riesgos de que la actual vicepresidenta entorpezca la causa o se fugue.
Cristina Kirchner.
El Tribunal Oral Federal 8 de Capital Federal dispuso este lunes dejar sin efecto la orden de prisión preventiva dispuesta contra la ex presidenta y actual vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en la causa que la tiene como acusada por la firma del Memorándum con Irán por el atentado a la mutual judía AMIA, perpetrado en 1994 con un saldo de 85 muertes.
Fuentes judiciales informaron que en la resolución los jueces sostuvieron que no hay riesgos de que la actual vicepresidenta entorpezca la causa, ya sea a través de fuga o con otro tipo de acciones.
El caso se inició en rigor a partir de una denuncia del fallecido fiscal del caso AMIA Alberto Nisman en enero de 2015, quien acusó a la mandataria y a otras personas, entre ellas funcionarios como el entonces canciller Héctor Timerman -fallecido- por supuesto encubrimiento de los jerarcas iraníes sospechados de planear el ataque al firmar el memorándum que, según el gobierno kirchnerista, tenia como fin una colaboración mutua para esclarecer el ataque terrorista.
Los jueces del TOF 8 consideraron que no hay elementos que hagan presumir que Cristina Kirchner pueda fugar o entorpecer la causa y señalaron, además, que cumple un rol -el de vicepresidenta- por el cual “interactúa en dos de los tres poderes del Estado”: en el Ejecutivo, como directa posible reemplazante del Presidente, y en el Legislativo, como titular nato del Senado Nacional.
Aunque la denuncia inicial de 2015 fue desestimada, hubo otra que terminó en manos del juez federal Claudio Bonadio, quien procesó a la ex mandataria y ordenó su prisión preventiva recién casi tres años después -en diciembre de 2017- pero no se hizo efectiva la detención por los fueros con los que contaba como senadora.
En cambio, fueron detenidos otros imputados, como Timerman, el actual procurador del Tesoro, Carlos Zannini (entonces Secretario Legal y Técnico), y el dirigente de la agrupación Quebracho Fernando Esteche.
También fueron procesadas otras personas, como el ex dirigente piquetero Luis D’Elìa, el ex secretario general de la Presidencia Oscar Parrilli y la ex Procuradora del Tesoro Angelina Abbona, pero sin prisión preventiva.
Por el caso de la AMIA hay circulares rojas de Interpol para detener cuando estén fuera de su país a media docena de jerarcas iraníes, acusados de perpetrar el atentado a la AMIA, entre ellos el ex embajador de Irán en la Argentina Hadi Solemainpour y el ex agregado cultural de esa delegación, Mohsen Rabbani.
Los delitos achacados fueron “traición a la patria, encubrimiento agravado por el hecho precedente y por su condición de funcionaria pública, y estorbar un acto funcional, los que concursan de manera ideal entre sí, calificación legal que se ha mantenido en la instancia revisora, con excepción del delito de traición a la patria que fue apartado” en otra instancia.
El cese de la prisión preventiva de Cristina Kirchner fue dispuesto por los jueces del TOF 8 José Michilini, Gabriela López Iñiguez y Daniel Horacio Obligado, este último con voto propio.
Michilini y López Iñíguez sostuvieron en la resolución revelada por las fuentes judiciales que “no existen motivos fundados en la actualidad para sostener la presunción de fuga o entorpecimiento aludida, a la vez que resulta ineludible tener en vista la circunstancia extraordinaria de que la aquí imputada ha sido recientemente investida como Vicepresidenta de la Nación”.
En tanto, Obligado aludió a los viajes de la ex jefa de Estado a Cuba para visitar a su hija en tratamiento médico, al destacar “la importante cantidad de oportunidades en que por medio de las autorizaciones conferidas ha sido puesto a prueba su compromiso procesal, todas resueltas satisfactoriamente; constituyen un elemento objetivo para concluir que la Sra. Fernández de Kirchner ha dado muestra suficiente de estar a derecho y con la obligación asumida de comparecer cada vez que el tribunal la cite, permitiendo descartar cualquier riesgo de elusión del accionar judicial en autos”.
La denuncia inicial la hizo Nisman en enero de 2015 y pocos días después el fiscal apareció muerto con un balazo en la cabeza en su departamento de Puerto Madero.
Esa presentación fue desestimada por el juez Daniel Rafecas, designado procurador general (jefe de los fiscales), apoyado por la Cámara Federal porteña. Pero luego, en 2016, hubo otra denuncia de familiares de víctimas de la AMIA y de miembros de la comunidad judía a la que se le dio curso. La causa estuvo al principio a cargo del juez Ariel Lijo, pero luego pasó a Bonadio.
Los jueces dijeron también que tras haber analizado los antecedentes, “corresponde dejar sin efecto la prisión preventiva decretada oportunamente respecto de Cristina Elisabet Fernández de Kirchner”.
Y destacaron que “la regla general es la libertad durante la sustanciación del proceso”, y que la preventiva “tiene un carácter provisional, de excepción, cautelar e instrumental, es decir, no punitivo, y que no puede sino sustentarse en la existencia de riesgos procesales, concretamente, en el eventual entorpecimiento de la investigación o la sustracción del imputado al proceso y a las órdenes del Tribunal”.
Asimismo, resaltaron que para concretar la prisión preventiva debía operarse el desafuero de la acusada, pero ello no ocurrió y pasó el tiempo necesario para mantener vigente la medida.
De tal manera, actualmente quedó en pie un solo pedido de prisión preventiva contra Cristina Kirchner: en la “causa de los cuadernos” de los supuestos sobornos en la obra pública, también dictada por Bonadio, aunque el tema está a revisión de la Cámara Federal de Casación Penal.
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