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Interés general 21 de mayo de 2019

Declararon culpable al médico que obstruyó un aborto legal

La Justicia de Río Negro declaró esta mañana responsable de incumplimiento de los deberes de funcionario público al ginecólogo Leandro Rodriguez Lastra por no realizar un aborto no punible a una joven de 19 años violada y embarazada por un familiar en 2017 en Cipolletti, quién permaneció internada en un hospital hasta el momento de parir.

El fallo del juez de Río Negro Álvaro Maynet permitió sin embargo que el ginecólogo continúe con sus tareas profesionales hasta tanto se de a conocer el tiempo de la pena y que ésta quede firme en las próximas audiencias.

La pena prevista es de un mes hasta dos años de cárcel “por lo que Rodríguez Lastra no pasaría tiempo tras las rejas”, dijeron fuentes judiciales, que indicaron que la inhabilitación para ejercer su profesión será por el doble de tiempo de la pena que se establezca.

Tras el fallo, el juez argumentó las circunstancias en las que un aborto se considera no punible según el artículo 86 del Código Penal y la ley rionegrina 4796, y resaltó que Rodríguez Lastra no estaba inscrito en el registro de objetores de consciencia.

El fiscal Santiago Márquez Gauna había considerado que el ginecólogo no respetó el deseo de la víctima y se negó a realizar la práctica reglamentada en las leyes provinciales porque no le creyó a la joven cuando dijo que había sido violada, ni tampoco lo hizo con las profesionales que se comunicaron con él.

La defensa del médico, a cargo de los abogados Damián Torres y Juan Pablo Chirinos, indicó que la responsabilidad fue de las médicas que atendieron a la víctima en el Hospital de Fernández Oro y aseguraron que no existió un proceso abortivo por lo que no habría podido ser revertido.

A su vez, destacaron que los medicamentos que le dio a la joven fueron para tratar la fiebre y el proceso infeccioso con el que el 22 de abril de 2017 ingresó al hospital de Cipolletti cuando el embarazo cumplía 22 semanas de gestación.

El hecho

El juicio inició el 13 de mayo pasado y tuvo tres audiencias testimoniales y una de alegatos. El propio ginecólogo abrió y cerró el debate con sus palabras, mientras que la víctima declaró como testigo en la primera audiencia y a puertas cerradas.

Según los hechos relatados por el medio local Lmcipolletti, la joven ingresó el 2 de abril del 2017 al hospital cipoleño luego de haber consumido pastillas de Oxaprost con un proceso abortivo en curso. Días antes las profesionales del hospital de Fernández Oro habían solicitado la derivación a Cipolletti para interrumpir el embarazo, pero el ginecólogo exigió un informe psiquiátrico, un requisito no establecido en la ley, por lo que se interpretó como una negación a la asistencia sanitaria.

La joven consumió de manera particular pastillas de Oxaprost para provocarse un aborto, y debió ser atendida.

Permaneció dos meses y medio internada en Cipolletti a la espera de la interrupción que nunca llegó. Según expresó la legisladora Marta Milesi, quien impulsó la denuncia, la joven estuvo retenida contra su voluntad para que pueda dar a luz al bebé.

La joven fue sometida a una cesárea y el bebé dado en adopción de forma inmediata. Ella sufrió un daño irreparable en su psiquis que la llevó a cuadros graves de anorexia nerviosa e intentos de suicidio.

El Ministerio Público Fiscal estuvo presidido por Santiago Márquez Gauna y Anabela Camporesi, quienes afirmaron en su acusación que “el ginecólogo hizo todo lo posible para no hacer la ILE pese a que en ese entonces no era objetor de conciencia”, por lo que lo definieron como un obstructor.