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La Zona 23 de marzo de 2022

Declaran “Reserva Natural” al vivero dunícola de Miramar

Durante la segunda sesión ordinaria desarrollada este miércoles, ambos bloques de concejales aprobaron el expediente por unanimidad. El proyecto de ordenanza estipula la preservación de cuestiones botánicas, faunísticas, paleontológicas, de protección y educativas.

MIRAMAR (Corresponsal). – Durante la segunda sesión ordinaria del año,  Concejo Deliberante de General Alvarado convirtió por unanimidad en ordenanza este miércoles el proyecto que declara como “Reserva Natural”, al vivero dunícola “Florentino Ameghino” de Miramar.

Cabe señalar, que los 16 concejales, 9 de la oposición (Juntos) y 7 del oficialismo (FdT) se reunieron días previos en comisión especial para tratar expedientes vinculados al resguardo de este atractivo turístico, teniendo en cuenta la desprotección en cuanto a la normativa vigente y a las herramientas que prevé la Ley provincial nº 10.907.

En este sentido, se acordó trabajar en conjunto con todas las fuerzas políticas sobre el expediente nº 4038-0713/22 iniciado por el bloque Juntos.

Durante el tratamiento del documento, se realizaron las modificaciones necesarias para que el HCD en su totalidad se manifestara en favor de dicha declaración.

Según se informó, “el vivero constituye un espacio verde que debe preservarse, entendiendo que para ello deben ejecutarse diferentes acciones de orden técnico tendientes a su conservación y mejoramiento”.

“Se trata de un ambiente natural, donde coexisten diferentes ecosistemas conjuntamente con espacios de acceso público. Es responsabilidad del Estado Municipal, bregar por mantener el equilibrio como así también por la seguridad e integridad de las personas que acceden a este tipo de lugares”, agregaron.

De acuerdo, a lo que reza el proyecto la medida engloba a las 502 hectáreas, próximas al mar, en el Partido de General Alvarado, Circunscripción 5 – Parcelas 134, 135, 136C, entendiendo las cuestiones botánicas, faunísticas, paleontológicas, de protección y educativas, relacionadas al referido predio de conformidad con lo establecido en el Decreto 218/94.

Paralelamente, se busca la defensa del suelo en zonas susceptibles de degradación y regulación del régimen hídrico en áreas críticas de cuencas hidrológicas, además de contribuir al mantenimiento de la diversidad biológica, asegurar la existencia de reservorios genéticos, manteniendo el material vivo con potencial para la obtención de beneficios útiles a la humanidad, en el desarrollo de especies domesticables o cultivables o bien para el mejoramiento genético y cruzamiento con especies domésticas o cultivadas.

El escrito elaborado por los concejales, también menciona que este espacio alberga especies migratorias, endémicas, raras o amenazadas, constituyendo un hábitat crítico para su supervivencia.

Asimismo, provee de lugares para nidificación, refugio, alimentación y cría de especies útiles, constituyendo un área trascendente para la divulgación y educación de la naturaleza.  Esto da lugar a la realización de estudios científicos de los ambientes naturales y sus recursos.

Respecto a las actividades turísticas que se realizan dentro de la Reserva Natural Florentino Ameghino, deberán cumplir con los objetivos anteriormente enumerados y sin perjuicio del patrimonio que la ordenanza elaborada protege.

Zona de uso público

Admitirá usos de bajo impacto que impliquen mínimas modificaciones de las características naturales del área, pudiendo estar dotada de accesos y ciertos servicios públicos ya existentes, quedando prohibida la incorporación de nuevos emprendimientos que transgredan el uso de la zona. Servirá para desarrollar actividades de investigación, educativas y recreativas de bajo impacto con la finalidad de generar un acercamiento de los visitantes al patrimonio ambiental.

Sector intangible

Solo ingresará personal autorizado y para los fines específicos debiendo hacer un uso controlado de los caminos preexistentes, quedando prohibida la presencia de todo otro individuo.

Se prevé señalización y limpieza periódica con adecuadas técnicas de conservación, potenciado con tareas de monitoreo ambiental en el entorno de la Reserva Natural Florentino Ameghino.

El documento afirma que estará “prohibida toda clase de actividad extractiva (ni suelo, ni flora ni fauna), junto con la presencia de ganado ni animales domésticos, erradicando gradualmente los preexistentes”. Tampoco se permitirá la circulación de vehículos Todo Terreno e instalación de infraestructura a excepción de las inherentes a la preservación y seguridad de la zona.



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