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Policiales 18 de marzo de 2022

Confirman el sobreseimiento del juez Hooft por crímenes de lesa humanidad

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata consideró que hay pruebas suficientes para "descartar la participación" de Pedro Hooft y otros jueces en crímenes ocurridos durante la última dictadura cívico militar.

Pedro Federico Hooft.

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó el sobreseimiento de Pedro Hooft y otros jueces en las causas en las que estaban acusados de complicidad en crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar.

El juez Hooft estaba acusado de rechazar habeas corpus y de garantizar la impunidad de represores en 17 casos de víctimas de homicidios, desapariciones y torturas, entre otros crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, principalmente los referidos a la tristemente recordada “Noche de las corbatas“.

Luego de casi 15 años de un proceso en su contra, el 11 de diciembre de 2020, el juez federal Martín Bava sobreseyó a Hooft, a otros magistrados, al considerar que “nunca pudo corroborarse en autos que los encausados hubieran emprendido adrede conductas funcionales que pudieran proyectarse de algún modo en un supuesto delito de lesa humanidad -en el sentido de favorecimiento o adhesión con el gobierno militar de facto- en tanto aquellos se limitaron al estricto cumplimiento de la normativa procesal penal provincial (ley 3589), como así también de las
disposiciones nacionales de la época”.

Además de Hooft, la Cámara de Apelaciones también confirmó los sobreseimientos de Federico Gastón Amadeo L’home, Rodolfo Bernardino Morales Ridecos, Edgardo Osvaldo Bernuzzi, Carlos Enrique Reinaldo Hallen, Jorge Horacio Gabriel García Collins, Alicia María Teresa Ramos De Fondeville y Alicia Morrell.

Acusado durante 15 años

La causa contra Hooft se inició el 6 de marzo de 2006 tras una denuncia por el entonces secretario de Derechos Humanos de la Nación, Eduardo Luis Duhalde, en la que exponía que “quienes puedan resultar coautores, instigadores, cómplices, participes de cualquier clase y/o encubridores de los delitos de homicidio calificado, privación ilegítima de la libertad agravada, tormentos seguidos de muerte, violación a los deberes de funcionario
público y abuso de autoridad reiterados, prevaricato y denegación de justicia reiterados, y supresión de objetos destinados a servir como prueba de los que fueron víctimas Norberto Centeno, Salvador Manuel Arestín, Raúl Hugo Alais, Camilo Ricci, Carlos A. Bozzi, José Verde y su esposa, Tomás J. Fresneda y su esposa, María de las Mercedes Argalleras de Fresneda —embarazada de 4 meses-, y María Esther Vázquez de García y su esposo Néstor Enrique
García de Mantica, sin perjuicio de los que puedan aparecer como consecuencia de la investigación que se practique”.

Los hechos a los que hacía mención Duhalde fueron los conocidos públicamente como “La Noche de las Corbatas”, ocurrido entre el 6 y 13 de julio de 1977, en Mar del Plata, cuando fueron perseguidos, secuestrados, asesinados o desaparecidos un gran grupo de abogados y sus familias.

Argumentos de la cámara

Cabe recordar que durante el jury a los jueces se intentó determinar si los hechos denunciados constituían algún delito establecido. Los miembros del jurado también se preguntaron si ante la corroboración de alguno de los
eventos reprochados en los términos señalados, esos hechos podrían vincularse de algún modo con crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco del Plan Sistemático de Desaparición Forzada de Personas.

En el fallo, ocho de los diez miembros del jurado consideraron que los sucesos facticos no se desarrollaron conforme las circunstancias que señalaron los denunciantes, y determinaron que del análisis de la conducta del magistrado no se avizora el acaecimiento de faltas o delitos subsumibles en las causales de enjuiciamiento previstas en la ley, ni menos aún, en la categoría de delitos de lesa humanidad

Los jueces de la Cámara de Apelaciones, Santiago Martin y Alejandro Tazza, confirmaron el sobreseimiento al consideraron que durante los 15 años del proceso contra Hooft “se pudieron reunir pruebas suficientes para descartar la participación de los encartados en los hechos que le fueron recriminados, toda vez que los elementos obrantes en autos permiten sopesar la ajenidad de los nombrados en el designio criminoso instituido en el caso”.

La querella irá a Casación

El abogado de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos, César Sivo, adelantó a LA CAPITAL que junto a “todos los organismos, víctimas y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación” apelarán a Casación el fallo de la Cámara de Apelaciones.

Es que, para Sivo “existe prueba suficiente para imputar la participación de todos los encartados en los respectivos hechos, evidencia de ello es que han sido todos convocados a indagatoria atribuyéndoseles su grado de participación especifica en todos los hechos constitutivos de delitos de lesa humanidad que conforman el objeto procesal —y aclaro
a criterio de esta parte ya a estas alturas la prueba reunida es abundante y contundente como para abastecer una condena- sin embargo el a quo sin efectuar valoración alguna de ella ni de las circunstancias de encontrarse los encartados ya indagados hace tabla rasa con las objetivas constancias de la causa y sobresee a todos los encartados”.