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La Ciudad 21 de febrero de 2019

Buscan ampliar la investigación por contaminación en el puerto

Autoridades del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) estaban citados hoy a declarar, pero pidieron cambio de fecha por no poder asistir. El 27 se presentan representantes de la Autoridad del Agua (ADA).

El puerto de Mar del Plata.

El Juzgado Federal de Mar del Plata N°1 a cargo del juez Santiago Inchausti busca ampliar los informes técnicos que organismos de control presentaron en el causa que investiga varios hechos de presunta contaminación en la zona del puerto de la ciudad por parte de una empresa harinera.

Para ello, el magistrado citó a declarar hoy a las autoridades del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), quienes mediante una nota pidieron cambiar la fecha por no poder asistir en el día y el horario pautados. El próximo miércoles 27 sería el turno de los funcionarios de la Autoridad del Agua (ADA), quienes al igual que el OPDS, deberán profundizar los informes presentados en referencia a sus actuaciones como responsables de controlar la contaminación ambiental en la zona.

La causa por la que fueron citados funcionarios provinciales inició en 2016 y cuenta con ocho integrantes del directorio de la empresa harinera procesados por las denuncias del vuelco de sustancias tóxicas en los pluviales que desembocan en el mar.

Constatada la contaminación, el Juzgado resolvió que los organismos de control involucrados (Obras Sanitarias del Estado -OSSE-, OPDS y ADA) “ejerzan un contralor suficiente con informe bimestral en la firma involucrada relativa al proceso de la actividad productiva y en su caso se arbitren las medidas necesarias para poner fin y no se reiteren este tipo de conductas contaminantes, sin perjuicio de ordenar medidas más intrusivas judiciales”.

La División de Delitos Ambientales de la Prefectura Federal Argentina también debió confeccionar un informe acerca del impacto ambiental que el vertido de las sustancias estaba generando.

Presentados los informes, el juez federal Inchausti consideró necesario realizar un “seguimiento” del control que tanto el OPDS y ADA “realizan y realizaron” en el sector en relación al vuelco de efluentes y citó a brindar declaración testimonial a las autoridades de ambos organismos para este mes.

Hasta el momento, y con pedido de reprogramación mediante por parte del OPDS -que debía presentarse este jueves 21-, los funcionarios del organismo encargado de supervisar la explotación del recurso hídrico subterráneo, superficial y el vuelco de efluentes (ADA) darán testimonial el próximo miércoles 27 de febrero.

Los hechos

Según consta en la causa radicada en el Juzgado Federal de Mar del Plata, en febrero de 2016 se verificó el vertimiento de sustancias tóxicas a través del desagüe pluvial ubicado en el sector costero denominado “Playa del Puerto” -proyección de la ex calle 1004- con descarga hacia el mar.

Lo detectado fue un “líquido color negro oscuro con elevado olor nauseabundo, proveniente de las instalaciones de la fábrica de harinas de pescado”.

Tras una inspección por las calles 1003, 1004 y 1006 dentro del sector industrial del puerto, se constató el ingreso del “líquido oscuro y putrefacto” descripto a las bocas de tormenta de dichas calles y que el mismo provenía del sector en donde se encuentra la cooperativa investigada por contaminar el medio ambiente.

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Tras denunciado el hecho, se extrajeron muestras correspondientes a la emulsión líquida en el desagüe pluvial que desemboca en la playa, de la tubería de PVC de la cooperativa, de la tapa de registro de agua de la planta y del espejo de agua de la playa distante unos 30 metros aproximadamente hacia el sur del canal natural del desagüe pluvial.

El resultado de los análisis fueron contundentes: en principio, el origen de los líquidos nauseabundos provenían del pluvial situado en frente de la fábrica de harina de pescado, del taller y del lavadero de cajones (todos propiedad de la firma cuyos directivos se encuentran procesados). Y, a su vez, se constató que todas las muestras sustraídas “superaban ampliamente los parámetros cualitativos y cuantitativos de los normados como límites admisibles que regula la Resolución 336/03 de la Autoridad del Agua”.

Una de las calles por donde se detectó el líquido.

Una de las calles por donde se detectó el líquido.

Entre los detallados análisis periciales, los informes técnicos de los profesionales intervinientes advirtieron, entre otras cosas, que “el resultado de bacterias coliformes fecales y DBO5 (Demanda bioquímica de oxígeno) en la totalidad de las muestras remitidas superan los valores guías establecidos, lo cual indica presencia de materia orgánica biodegradable y una probable contaminación de origen cloacal“.

Para el juez Inchausti las pericias permiten concluir “que los residuos desechados generan un impacto desfavorable en el ambiente, además de encontrarse enmarcado en la legislación vigente, Ley 24051 y anexos y Resoluciones 336/03 y Decreto Reglamentario 831/93″.

Además, el magistrado destacó que “el resultado de las pericias que se han practicado en autos permite acreditar el desecho de residuos peligrosos y contaminantes por parte de la empresa hacia el medioambiente con destino al mar, y todo ello como consecuencia del proceso productivo que desarrolla la firma para el procesado de harina y aceites de pescado”.