ARBA exime de actuar como agentes de recaudación a 5.000 pymes bonaerenses
Representa un beneficio concreto para el 28% de las empresas.
Cristian Girard, director de ARBA.
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) incrementó en un 175% el piso de Ingresos Brutos que debe tomarse en consideración para actuar como agente de percepción y retención, y la medida favorece a 5.000 pymes, se informó hoy oficialmente.
Al dejar de cumplir ese rol como recaudadoras del fisco, estas pymes verán reducidos sus costos de administración.
El director de ARBA, Cristian Girard, explicó que “esta actualización representa un beneficio concreto para el 28% de las empresas que actuaban hasta ahora como agentes de recaudación, ya que las exime del desarrollo de esas funciones, contribuyendo a reducir la carga administrativa sobre el sector productivo”.
“Con esta medida, que se suma a otras como la ampliación de los regímenes que posibilitan acceder a alícuotas reducidas de Ingresos Brutos, el nuevo plan de pagos con facilidades para micro, pequeñas y medianas empresas, así como el resto de las iniciativas del programa arriBApymes, desde la Provincia estamos desarrollando acciones concretas para detener el cierre de empresas mientras maduran las medidas de política económica nacional y provincial orientadas a reactivar la producción”, destacó Girard.
Destacó que “a partir de la modificación de los límites que determinan la responsabilidad de actuación de los agentes de recaudación, ARBA atenúa el volumen de percepciones y retenciones en Ingresos Brutos, lo que favorece el desahogo financiero de las pymes, al dejar de aumentar el stock de saldos a favor”.
La actualización de valores, establecida por resolución de ARBA, prevé que los contribuyentes que hubieran obtenido durante el año calendario anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) superiores a $110 millones deberán actuar como agentes de recaudación del régimen general. Antes, ese parámetro se ubicaba en $40 millones.
Respecto de los expendedores de combustibles líquidos, derivados del petróleo, la obligación se fijó a partir de los $165 millones, cuando el límite anterior estaba en $60 millones.
En tanto, para quienes realizan operaciones de venta de cosas muebles el mínimo se situó en $55 millones, sustituyendo el piso de $20 millones que regía hasta ahora.
Las empresas que actúan ante la Provincia como agentes de recaudación de impuestos tienen la obligación de retener o percibir dinero de los contribuyentes como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para luego depositarlo a la orden del fisco.
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