Aprueban una ordenanza marco para el ambiente urbano y natural
La presidenta del Concejo Deliberante, Marina Sánchez Herrero, destacó que incorpora instrumentos internacionales que no están dentro de la normativa nacional y provincial.
El Concejo Deliberante sancionó por unanimidad una ordenanza que regula las reglas generales para el logro de una gestión sostenible del ambiente urbano y natural en el distrito.
El texto normativo, que ordena la legislación local vigente e incorpora nuevos elementos, incluye aspectos orientados a la preservación y conservación de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sostenible de modo complementario a las normas nacionales y provinciales en la materia.
La presidenta del Concejo e impulsora del proyecto, Marina Sánchez Herrero (UCR), aseguró que la norma distingue a Mar del Plata y Batán dentro de la provincia “por poner en valor algo que es trascendental y transversal, como el medioambiente”, lo que “tiene que ver con la calidad de vida de quienes habitan” el partido.
La concejala afirmó que la ordenanza marco “unifica, ordena y estructura la cuestión ambiental” y subrayó que incorpora “instrumentos internacionales que no están dentro de la normativa nacional y provincial, como el Estudio de Impacto Ambiental Estratégico”.
“Los que pudimos acceder a la resolución de la Cámara (Federal de Apelaciones) respecto a las petroleras lo primero que vimos fue que le pidió al Ejecutivo que hiciera un Estudio de Impacto Ambiental Estratégico”, mencionó.
De acuerdo a esa perspectiva, el privado no deja de tener “la obligación” de hacer su Estudio de Impacto Ambiental “respecto de lo que quiera emprender”, pero el Estado, si va a aprobar un proyecto, debe hacerlo “enmarcado en un Estudio de Impacto Ambiental Estratégico, es decir, que vaya por cada una de las áreas y establezca transversalmente cuál es la conveniencia” de lo que se va a hacer, explicó Sánchez Herrero.
Entre los objetivos que establece la norma se destacan los de “promover el mejoramiento de la calidad del ambiente mediante una adecuada planificación de los servicios públicos y el control de las actividades antrópicas” e “instrumentar de modo adecuado procedimientos e instancias institucionales que aseguren la participación ciudadana en los procesos de toma de decisión”.
También los de “prevenir y controlar la contaminación del agua, aire y suelo, asegurando la conservación de la flora, fauna, el patrimonio cultural y paisajístico”; “garantizar acciones, instrumentos y estrategias adecuadas para la adaptación y mitigación al cambio climático”; “establecer mecanismos para asegurar una planificación integral del ambiente costero, de modo preventivo”, promoviendo su utilización racional, y “establecer programas de difusión y educación ambiental en todos los niveles de enseñanza, asegurando la capacitación de los funcionarios públicos en la materia”.
Otros propósitos son “promover un plan integral de arbolado público, implementando un adecuado sistema de control sobre podas y extracciones”, tanto como “la utilización de energías renovables”.
El texto aclara que “toda iniciativa que pueda degradar el ambiente será susceptible de alguno de los procedimientos de evaluación ambiental, a efectos de que la autoridad de aplicación comprenda los potenciales impactos y dirija la futura toma de decisión”.