Alberto Fernández: “No estamos de vacaciones”
El presidente aseguró que si los ciudadanos no comprenden esa situación el país fracasará en la contención del coronavirus.
El presidente Alberto Fernández pidió este martes a la ciudadanía entender que “no estamos de vacaciones” con las medidas adoptadas para contener el avance del coronavirus en el país y advirtió que, si la actual situación es interpretada por la gente como “una oportunidad turística”, entonces las prevenciones fracasarán.
En tanto, el Gobierno Nacional precisó hoy el alcance de las licencias a trabajadores estatales y privados, por un plazo de 14 días corridos, que incluyen la autorización a no concurrir al lugar de trabajo para el personal de la administración pública nacional y la recomendación de “disminuir” la presencia de trabajadores en las empresas.
En tanto, en la entrevista que brindó esta mañana, el jefe de Estado insistió esta mañana que los argentinos tienen que entender que “no estamos de vacaciones” y advirtió que “si convertimos (la cuarentena) en una oportunidad turística, fracasamos”.
Al ser consultado sobre las largas filas de autos que se movilizaban ayer hacia la ciudad balneraria de Monte Hermoso, el mandatario ratificó la necesidad de que “la gente entienda que no estamos de vacaciones” y agregó: “No estamos de licencia para que vayan a pasear, sino para que nos cuidemos entre nosotros y a nuestros hijos”.
“Quédense en su casa con sus hijos. Si convertimos (la cuarentena) en una oportunidad turística, fracasamos, no tiene sentido. Está en nosotros resolver el tema, tenemos que ser una sociedad madura”, agregó el mandatario.
Para Fernández, “por ahora los resultados están funcionando bien”, pero pidió que “no haya imbéciles que vuelvan de Europa y estén circulando”.
En tanto, las precisiones para las licencias a trabajadores privados y públicos fueron informadas a través de la decisión administrativa 390 de la Jefatura de Gabinete, que encabeza Santiago Cafiero, y la resolución 207 del ministerio de Trabajo, que conduce Claudio Moroni, publicadas hoy en el Boletín Oficial.
A través de la decisión oficial, se autorizó a no concurrir a su lugar de trabajo, por un plazo de 14 días corridos, al personal de la administración pública nacional, a excepción de aquellos que revistan en “áreas esenciales o críticas o de prestación de servicios indispensables”, como la salud, a causa de la pandemia del coronavirus.
Además se autoriza a los trabajadores a realizar sus “tareas habituales u otras análogas en forma remota”, previa notificación a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
La medida autoriza también a “dispensar del deber de asistencia a su lugar de trabajo”, por 14 días, a las personas que estén “comprendidas en alguno de los grupos de riesgo conforme la definición de la autoridad sanitaria nacional”, que comprenden las personas mayores de 60 años, las embarazadas y grupos de riesgo.
Entre estos últimos se incluyen las personas con enfermedades respiratorias crónicas, enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
También, a las personas que padecen insuficiencia cardíaca, enfermedades coronarias, valvulopatías y cardiopatías congénitas; con onmunodeficiencias; y con diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los próximos seis meses.
La decisión administrativa aclara que las personas mayores de 60 años que sean consideradas “personal esencial o estén afectados a alguna actividad crítica o de prestación de servicios indispensables, no se les otorgará dispensa, salvo que presenten las comorbilidades mencionadas para los grupos de riesgo”.
“En caso de ser convocados a prestar servicios, deberá darse estricto cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones de prevención establecidas por la autoridad sanitaria”, dice la medida, que agrega que las personas embarazadas y las comprendidas en los grupos de riesgo indicados, “no podrán ser considerados ‘personal esencial’ ni ser afectados a actividades críticas o a servicios indispensables”.
En tanto, a través de la resolución de la cartera de Trabajo, se “suspende el deber de asistencia al lugar de trabajo por el plazo de 14 días, con goce íntegro de sus remuneraciones” a todos los trabajadores mayores de 60 años, a las embarazadas y a los incluidos en grupos de riesgo, “cualquiera sea la naturaleza del vínculo jurídico de que se trate”.
Asimismo, la medida -que firma el ministro de Trabajo, Claudio Moroni- dispone que “mientras dure la suspensión de clases en las escuelas, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente”.
Por último, se recomienda a los “empleadores y empleadoras que dispongan las medidas necesarias para disminuir la presencia de trabajadores y trabajadoras en el establecimiento a aquellos indispensables para el adecuado funcionamiento de la empresa o establecimiento, adoptando a tal fin, las medidas necesarias para la implementación de la modalidad de trabajo a distancia”.
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