Advierten sobre el consumo de ensaladas de frutas o verduras cortadas procesadas
Durante septiembre la Dirección de Protección Sanitaria constató la existencia de 480 bandejas de verduras trozadas de elaboración clandestina en comercios. Estos productos deben tener el rotulado y la autorización correspondiente para su elaboración, entre otros requisitos.
La Dirección de Protección Sanitaria, perteneciente a la Secretaria de Salud, a través del Departamento de Bromatología, recomienda precaución a la hora de adquirir ensaladas de frutas o verduras cortadas procesadas envasadas en bandejas listas para preparar sopas o ensaladas, sin rotulado identificatorio reglamentario y que sean elaboradas sin autorización correspondiente.
Como resultado de la Fiscalización Sanitaria realizada durante el mes pasado en comercios de la ciudad, se constató la existencia en los mismos de 480 bandejas de verduras trozadas de elaboración clandestina, procediéndose a su decomiso y posterior destrucción.
La información contenida en los rótulos o etiquetas de los alimentos envasados surge de lo establecido en la Resolución Nº 36/93 GMC (Grupo Mercosur) que ya está incluida en el Código Alimentario Argentino (CAA) y que alcanza a la totalidad de los alimentos incluso las bandejas de verduras.
Queda prohibida la rotulación y publicidad de los productos, cuando desde el punto de vista sanitario-bromatológico las mismas sean capaces de suscitar error, engaño o confusión en el consumidor (CAA Art. 222)
La información obligatoria en los rótulos:
* Denominación del Producto (define la naturaleza y características del alimento).
* Listado de ingredientes (consiste en enumerar todos los ingredientes que contenga el alimento en orden decreciente).
* Contenido neto.
* Identificación del origen (nombre del fabricante o razón social).
* Fecha de elaboración y vencimiento (tiempo durante el cual el producto mantiene satisfactoriamente sus cualidades, bajo condiciones y recomendaciones preestablecidas).
* Preparación e instrucciones de uso del alimento (siempre que resulte necesario, conocer a que temperaturas máximas y mínimas puede conservarse un alimento hasta su vencimiento, la mejor manera de descongelar o reconstituir un alimento determinado, la validez del alimento una vez abierto el envase o como cocinar un alimento con un microondas son sólo algunas de las informaciones que deben ofrecer los rótulos a los consumidores.
* Establecimiento elaborador o RNE (Registro Nacional de Establecimiento) Nº PAMS (Producto aprobado por el Ministerio De Salud) o Nº RNPA (Registro Nacional de Productos Alimentarios).
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