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Policiales 28 de octubre de 2024

Condenan a “viuda negra” a 18 años de cárcel por cometer tres robos y empalar a una víctima

Luciana Cardozo fue sentenciada por el Tribunal Oral Nº 1. Permanecerá alojada en la Unidad Penal N°50 de Batán.

Una mujer que participó en tres asaltos, fue señalada como una especie de “viuda negra” en dos de ellos, y que junto a sus cómplices empaló a una de las víctimas para que revelara la ubicación de los objetos de valor, fue sentenciada a 18 años de prisión tras el juicio que se llevó a cabo en el Tribunal Oral N°1.

Se trata de Luciana Cardozo, quien permanecerá alojada en la Unidad Penal N° 50 de Batán, luego de que, en consonancia con el requerimiento que había formulado el fiscal Mariano Moyano, los jueces Juan Manuel Sueyro, Ricardo Perdichizzi y Néstor Conti la declararan coautora penalmente responsable de los delitos de “robo doblemente agravado por su realización en poblado y en banda y por el uso de arma, en concurso real con abuso sexual agravado por la introducción de un objeto en vía anal, con pluralidad de intervinientes y uso de arma, robo agravado por su realización en poblado y en banda; y robo agravado por el uso de un arma de forma impropia, un arma de fuego cuya capacidad de disparo no ha sido comprobada, y por haberse cometido en poblado y en banda y mediante escalamiento”.

Según consideraron los magistrados, los tres hechos se entrelazan materialmente entre sí. Además, consideraron que las pruebas presentadas por el fiscal y el resto de los elementos comprobados en el debate confirmaron “suficientemente la ocurrencia de todos y cada uno de los hechos que resultaron en la acusación”. A la misma conclusión llegaron respecto a la participación de la imputada en los tres incidentes.

Los hechos

El primero de los casos ocurrió el 30 de diciembre de 2021 cuando la acusada y otra mujer se encontraron con la víctima de 73 años en un café en las cercanías de las calles Gascón y Güemes, tras haber mantenido conversaciones a través de la aplicación “Badoo” y WhatsApp. Desde allí, los tres se dirigieron a la vivienda del hombre, ubicada en el barrio Divino Rostro: mientras una de las mujeres lo acompañó a la ducha, Cardozo permitió el ingreso de dos hombres.

En el mismo debate se demostró que durante los primeros minutos del 12 de enero de 2022, Cardozo y otras dos mujeres, después de contactar a un hombre por Tinder y WhatsApp, se reunieron con él en la esquina de Buenos Aires y Colón para ir a la casa de la víctima en las cercanías de Plaza Mitre. Durante el trayecto, dos hombres los siguieron a bordo de un Ford Focus con dominio FRY652, cuya identificación fue clave para determinar la identidad de los autores.

Una vez en la casa, mientras la víctima estaba con una de las mujeres, otra permitió la entrada de los hombres, quienes le exigieron la entrega de objetos y dinero tras atarle pies y manos. Luego de revisar las distintas dependencias de la vivienda, los delincuentes se apoderaron ilegítimamente de, entre otros bienes, un cuchillo; un anillo de oro; 6.000 dólares estadounidenses; una billetera con documentación personal y tarjetas de crédito; vajilla; varios electrodomésticos; una computadora y una barra de sonido de la marca Samsung.

El tercer hecho imputado ocurrió entre los dos anteriores, en otra localidad y con un mecanismo diferente: el 6 de enero de 2022, Cardozo y otras tres personas ingresaron a un domicilio en calle 12 entre 11 y 9 de Balcarce, tras escalar paredes medianeras de más de dos metros de altura y portando armas de fuego.

El fallo

El Tribunal desestimó la solicitud de nulidad de toda la investigación presentada por la defensa de la acusada. Toscano había solicitado esto al señalar que en la investigación realizada por la Dirección Departamental de Investigaciones (DDI) trabajaron varios oficiales que actualmente están vinculados a la causa de la asociación ilícita mixta y que las investigaciones estaban contaminadas. Los jueces consideraron que la nulidad no era procedente, al igual que la planteada sobre uno de los procedimientos policiales.

En la sentencia a la que tuvo acceso LA CAPITAL, Sueyro, Perdichizzi y Conti desestimaron las cuestiones eximentes de la responsabilidad penal y las atenuantes. En cuanto a los agravantes, evaluaron la modalidad del hecho en relación a la violencia, la logística, la nocturnidad y la extensión del robo.

Tras rechazar las dos solicitudes de nulidad de la defensa, el Tribunal condenó a Luciana Valeria Cardozo a 18 años de prisión y ordenó el decomiso del Ford Focus y el BMW secuestrados en el marco de estas actuaciones, para que, una vez firme el pronunciamiento, se pongan a disposición de la autoridad policial, según lo solicitado por el fiscal Mariano Moyano.



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