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Espacio de Publicidad 29 de agosto de 2024

Se celebra hoy en Mar del Plata el Día del Abogado

ENTREVISTA AL DR LEANDRO GABÁS PRESIDENTE DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE MAR DEL PLATA

En el marco de las celebraciones por el Día del Abogado, el presidente del Colegio de Abogados de Mar del Plata, Dr. Leandro Gabás anunció que el Acto Central se llevará a cabo el jueves 29 de agosto a las 17  en el Aula Magna de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata, 25 de Mayo 2855. “Tal como lo venimos haciendo en los últimos años, se realizará en forma conjunta con la Facultad. En la oportunidad se distinguirá a los colegas que cumplen 30 y 50 años en el ejercicio de la profesión, por lo que esperamos contar con una importante concurrencia”, adelantó.

Al ser consultado sobre el balance desde el inicio de su gestión como Presidente hasta el momento, Gabás expresó:sinceramente junto a mis colegas integrantes del Consejo Directivo hemos trabajado arduamente y con mucha responsabilidad desde que hemos asumido nuestros cargos. La tarea no ha sido sencilla, pero hemos recibido en las últimas elecciones un gran acompañamiento que ha ratificado nuestra conducción al haber obtenido más del 60% de los votos.  Desde que iniciamos ésta gestión hemos centrado las acciones en brindar capacitación a los colegas, concertar entrevistas con los jueces de los órganos de distintos fueros para atender en forma conjunta las problemáticas actuales de la administración de justicia, procurar la defensa de las incumbencias profesionales y la dignidad de nuestro trabajo mediante un justo reconocimiento de la tarea realizada a través de regulaciones de honorarios que valoren correctamente la misma, entre otros temas”.

Luego el titular de la entidad se refirió a la implicancia para la abogacía de los recientes cambios legislativos que ha significado la denominada “Ley Bases”: “la verdad que éste año ha sido difícil y con un poco de incertidumbre en varios aspectos para los abogados. La modificación legislativa importante que ha significado la Ley Bases Nro. 27742 ha conllevado a que los profesionales deban comenzar a capacitarse y para ello, desde el Colegio hemos propiciado la realización de varias actividades académicas. Con el tiempo podremos analizar mejor las implicancias que la nueva normativa tendrá tanto para los ciudadanos y los letrados”, apuntó.  

Con respecto al estado de situación actual de la justicia local, el Dr. Leandro Gabássubrayó que “la justicia marplatense ha tenido siempre los mismos problemas y que son de difícil solución, me refiero a situaciones vinculadas a la falta de recursos materiales, humanos y de infraestructura, que han conllevado no sólo a la dispersión de los órganos judiciales en distintos sectores de la ciudad, afectándose el principio de concentración de los mismos, sino que también ante la falta de nombramiento de magistrados en los juzgados vacantes las constantes subrogancias hacen que los funcionarios deban redoblar esfuerzos alterándose casi inevitablemente los plazos procesales y afectándose por ende, los derechos de las partes y profesionales intervinientes.

Por ello, desde el Colegio, en ejercicio de las facultades que la Ley 5177 nos otorga y las obligaciones que la misma nos impone, instamos al Poder Ejecutivo Provincial a que disponga, en forma inmediata, el nombramiento de magistrados para aquellos juzgados que carecen de titular y, asimismo, la Suprema Corte Provincial para que solicite al Consejo de la Magistratura la apertura de los respectivos concursos. Actualmente son varios los juzgados y tribunales que se encuentran vacantes”, puntualizó.  

Por último Gabás habló sobre la opiniónque tiene el Colegio respecto a los proyectos de ley de Sucesiones Notariales y Divorcios Administrativos: “una de las funciones primordiales de los Colegios es la defensa de las incumbencias de sus matriculados. Por ello, hemos hecho saber nuestro rechazo enfático sobre dichos proyectos. No es nueva ésta situación, desde hace años se ha intentado instaurar la realización de trámites sucesorios sin intervención judicial.

Con ese sistema se violarían palmariamente las competencias e incumbencias de los abogados del foro, otorgándosele una ampliación de facultades a los escribanos e, incluso, envistiendo a los mismos de potestad jurisdiccional, violentando con ello los principios constitucionales del Juez Natural, vulnerando las garantías del debido proceso”, culminó.


Consultorio Jurídico Gratuito, un servicio a la comunidad

Defender gratuitamente a quienes posean recursos económicos insuficientes para solventar los gastos de un patrocinio particular es el espíritu de la ley 5177, expresión que forma parte de la fórmula de juramento de ley que prestan todos los profesionales al matricularnos como abogados.

Fiel a dicho mandato, el Consultorio Jurídico Gratuito centra su atención en asistir gratuitamente a un vasto sector de la sociedad que se encuentra en situación de vulnerabilidad.

La actividad del Consultorio se centra en tres ejes. Por un lado, la vinculación del Colegio con la comunidad en general, específicamente con aquellas personas de escasos recursos, brindándoles asistencia jurídica gratuita y revalorizando el rol social del abogado/abogada.

Un segundo eje radica en que el Consultorio Jurídico Gratuito se configura como un espacio de acercamiento y entrenamiento para al ejercicio profesional de quienes se encuentran desarrollando sus primeros pasos en la profesión, acompañando así a las y los colegas en el contacto con la práctica de la abogacía.

El tercer eje se centra en la protección del trabajo de los y las colegas, frente a lo cual, desde el Consultorio se le realiza al/la consultante una evaluación socio-económica, cumplimentando así los requisitos establecidos. La/el consultante recibe la asistencia jurídica gratuita, siempre que se encuentre dentro de los parámetros estipulados a tal fin, caso contrario deberá concurrir a un abogado particular.

En ese marco se reciben a diario gran cantidad de consultas sobre diversas cuestiones jurídicas, se evacúa cada consulta atendiendo en forma personalizada, brindando un asesoramiento profesional, tomando intervención en aquellos casos que lo ameriten, y realizando las derivaciones correspondientes cuando la temática no es competencia del Consultorio.

Su labor fundamental es asistir a las personas sin recursos económicos suficientes y a ello apunta. Las consultas que se presentan son de diversa índole, muchas de ellas vienen derivadas de otros organismos públicos, como ser: Juzgados, Tribunales, Defensorías, ONG, Anses, Desarrollo Social, etc.

Es importante destacar, que si bien se evacúan todas las consultas, solo interviene por la parte demandada en cuestiones no patrimoniales.

La modalidad es mediante la solicitud de un turno para la consulta que se puede realizar por vía telefónica al (223) 493-9513 o al (0223) 155-399050 / 155-383822, o presencial de lunes a viernes de 9 a 12.

El Consultorio cuenta con tres directores, quienes a su vez son miembros del Consejo Directivo del Colegio de Abogados, con una secretaria y dos prosecretarias.

La destacable labor que efectúa el Consultorio a favor de la comunidad es posible por la tarea que desarrollan las/los Consultores/as ad honorem. En carácter de Consultores/as encontramos abogadas/os matriculadas/os y no matriculadas/os y estudiantes avanzados de la carrera de Derecho.

El Consultorio Jurídico Gratuito funciona en la calle Almirante Brown Nº 1974, en la sede del Colegio de Abogados de Mar del Plata.


Tribunal arbitral, una solución para la Justicia

Con mas de 30 años de actividad, el Tribunal Arbitral (T.A.) del Colegio de Abogados de Mar del Plata se constituye hoy más que nunca, en una opción válida ante un sistema de Justicia más complejo, producto de las reformas incorporadas por el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.-

Como se ha comentado en anteriores publicaciones, el “arbitraje” es un método alternativo de resolución de conflictos,  en el cual existe la decisión de un “tercero”, el árbitro (elegido por las partes para dirimir el conflicto) que resuelve la disputa mediante el dictado de una sentencia arbitral, que las partes obligatoriamente deben acatar, igual que lo haría  el juez estatal. No son las mismas partes las que resuelven sus diferencias, como sí ocurre en otros métodos alternativos de resolución de conflictos, el caso de la mediación.

El T.A., es un Tribunal institucional de árbitros “de derecho”, constituido y permanente, que se rige por un Reglamento aprobado por el Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Mar del Plata, el cual actualmente se encuentra integrado por los Dres. Carlos Alberto Brun, Eduardo Raimundo Hooft y Diego Coste,  en carácter de titulares. A su vez, los Dres. Miguel Angel Acosta, Guillermo Verdi, Silvana Dulin, Carolina Muzzio y Ramiro R. Rech, lo integran como suplentes en los supuestos de ausencia, excusación o recusación de alguno de sus miembros titulares. El cargo de Secretario del Tribunal es desempeñado por el Dr. Horacio Cappelletti. El Reglamento antes referido exige, para integrar el Tribunal Arbitral, ser abogado, con una antigüedad no menor a 15 años en el ejercicio de la profesión, y someterse a un concurso de oposición y antecedentes, evaluado por un jurado integrado por juristas de nivel internacional, tanto en lo jurídico como en lo académico. Han sido jurados, entre otros, juristas de la jerarquía de los Dres. Félix Alberto Trigo Represas, Roberto Muguillo, Daniel Sabsay, Aída Kemelmajer de Carlucci y Daniel Vítolo. Los árbitros duran en sus cargos seis años.

La ciudadanía, hoy más que nunca, está pidiendo una reforma integral en la Administración de Justicia. En esa línea en general, el Arbitraje debe jugar un rol preponderante, máxime a partir de su incorporación expresa en el Código Civil y Comercial de la Nación. 

Se cumplen, pues, los tres requisitos del servicio adecuado: justicia barata –que permite sea accesible a los más-, rápida –por aquello de que la justicia lenta no es justicia- y de buena calidad. En un análisis estadístico realizado por el Tribunal, el 52% de la causas finalizan a los 60 días de iniciadas, otro 25% concluye antes de los 90 días,  y un 13% antes de los seis meses, es decir entonces que el 90% de las causas que tramitan ante el Tribunal Arbitral del colegio de Abogados no tienen una duración mayor a los 6 meses.

La población en general, y hasta los propios abogados, ignoran esas ventajas que cumplen el primer deber de nuestro cometido: satisfacer y defender el mejor interés del justiciable. La agilidad del trámite establecido, la flexibilidad en cuanto a la forma de practicar las notificaciones y en general respecto al modo de actuar las partes y la inmediación que se logra en los hechos, como asi también la reciente digitalización de su trámite,  justifican que los letrados marplatenses y de las zonas vecinas (dado que el Tribunal no tiene competencia territorial acotada) se informen acerca del funcionamiento del Tribunal Arbitral para considerar seriamente la utilización de prestaciones que están a su alcance merced a un esfuerzo del Colegio de Abogados y que constituye una opción seria, frente al conocido congestionamiento de la justicia estatal.- 

Sobre la base de ese núcleo, se impone la reformulación de la educación y formación de los abogados: no pleitistas, la creación de la competencia para juicios de menor cuantía, etc. En resumen, todo aquello que sirve para desempantanar al Poder Judicial del colapso que lo abruma en detrimento de los justiciables, ya que la estructura judicial es notoriamente insuficiente para hacerse cargo de la tarea de solucionar esa enorme cantidad de conflictos.

Especialistas en emergencias indican que, la que vive el Poder Judicial es de las más auténticas, y que exige de los gobernantes proceder con exquisita agilidad. 

Uno se pregunta entonces, como accedo al Tribunal Arbitral y qué cuestiones pueden ser sometidas al mismo.

Se puede acceder al Tribunal Arbitral, mediante la inserción, en cualquier contrato,  de una cláusula compromisoria, en ella las partes acuerdan en someter al Tribunal Arbitral del Colegio de Abogados de Mar del Plata, todas aquellas cuestiones derivadas de la contratación.  Pero también podemos acceder a este Tribunal, sin contar con esa cláusula previa, ello mediante cualquier otra manifestación de voluntad  expresa e inequívoca de las partes  en tal sentido, formuladas antes o después del conflicto; inclusive encontrándose en trámite la acción ante la Justicia Estatal,  y ello, mediante un acuerdo de partes que deciden remitir la contienda a este Tribunal Arbitral, continuando allí el procedimiento.  Por ultimo también será valida la prorroga,  si el demandado contesta la demanda planteada ante el Tribunal Arbitral, sin cuestionar la competencia. 

Y en relación a la cuestiones que pueden ser ventiladas ante el Tribunal Arbitral, comprende a todas aquellas que pueden ser objeto de transacción, y en las que no se encuentre interesado el orden publico. 

En consecuencia, los abogados deben tener presente de manera constante la efectividad y agilidad del Tribunal Arbitral del Colegio de Abogados de Mar del Plata, a la hora de redactar cualquier contrato o pretender resolver un conflicto respecto de derechos renunciables. Celeridad, eficiencia y un costo razonable, hacen del T.A. la mejor opción en busca de real Justicia.  

 

AUTORIDADES DEL COLEGIO DE ABOGADOS MAR DEL PLATA

Presidente

LEANDRO AUGUSTO GABÁS.

Vocales Titulares del Consejo Directivo

Vicepresidente: Cabello, Diego German

Vicepresidente 2da.: Carnero, Silvina Alicia

Secretario: Busti, Nicolás

Prosecretaria: Galli, Karina Andrea

Tesorero: Bustos, Carlos Facundo

Protesorera: Moro, Marianela Vanesa

Sánchez, Areán Diego

Rodríguez, Cecilia Verónica

Giovanniello, Verónica

Manjarres, Marianela

Arbanesi, Jose Ignacio

 

TRIBUNAL DE DISCIPLINA

Miembros Titulares

Presidente: Gustavo Adolfo Marceillac.

Vicepresidente: Mariel María Demattei Milioranza.

Secretaria: Bibiana Beatriz Luz Clara.

Vocal: Marcela Giménez Bauer.

Vocal: Fabián Horacio Driussi

Miembros Suplentes

Ayala, Mariana Ruth

Pretelli, Agustín Pablo;

Burket, Luciano;

Fittipaldi, Fabián Daniel

Otero, María Cecilia

 

 

Reconocimiento a colegiados/as que cumplen 50 años como abogados/as a quienes se les entregará una medalla en el acto a realizarse el 29/8/2024 a las 17.00 hs en la Facultad de Derecho UNMDP

Dra. DANCS, SUSANA
Dr. ABAL, MARCELO VICTOR
Dra. BELMONTE, SUSANA NOEMI
Dra. BIANCO, ELENA HAYDEE
Dra. BIDEGAIN, ANA MARIA
Dra. BRUNORI, VILMA ESTER
Dra. CARBONE MASSEY, MARIA MARTA
Dr. CARENZO, PEDRO OSVALDO
Dr. COPPOLA, PABLO OSVALDO
Dra. COSTA HOEVEL, SILVINA MARIA
Dra. DIEGUEZ, SARA MARTA
Dr. DUQUEZ, ARNOLDO OSCAR
Dra. FAYO, CYNTHIA ESTER
Dr. FERNANDEZ, RUBEN NESTOR
Dr. FULQUET, GUSTAVO ADOLFO
Dra. GUTIERREZ, ANA MARIA
Dr. LHOMME, FEDERICO GASTON AMADEO
Dr. LISO, RAUL OSVALDO
Dr. LLUNA, HORACIO ERNESTO
Dra. LOPEZ BEATRIZ, ISABEL CRISTINA
Dra. MANGIERI, MARIA ELENA
Dra. MARCOS, MARIA CRISTINA
Dr. MARTINEZ, EZEQUIEL ALFREDO RAFAEL
Dr. MASCITTI, CARLOS ALBERTO
Dra. NELBONE, ROSA LILIANA
Dra. NUDELMAN, MARIA SUSANA
Dra. OTERO DE SIEBENLIST, GRISELDA FANY
Dr. PARODI, JOSE MARIA
Dr. PEREZ, JOSE RICARDO
Dr. PERRONE, NORBERTO DARIO
Dra. RODRIGUEZ, ELSA MARIA
Dr. TAMINI, MARTIN AUGUSTO
Dr. TIBILETTI, CESAR AUGUSTO
Dr. VAZQUEZ, VICTOR LUIS
Dr. VENTIMIGLIA, CESAR ADOLFO
Dr. FIGLIOUOLO. J. Carlos

Reconocimiento a colegiados/as que cumplen 30 años como abogados/as a quienes se les entregará una medalla en el acto a realizarse el 29/8/2024 a las 17.00 hs en la Facultad de Derecho UNMDP

Dra. AMED, CARINA ANDREA
Dra. BARUFFALDI, GABRIELA
Dra. BELLY, LAURA VERONICA
Dr. BORONAT, MARTIN FERNANDO
Dr. BUEDE, FABIO RENÉ
Dra. CAAMAÑO, BEATRIZ VIVIANA
Dra. CALDERA, FABIANA ISABEL
Dra. CANATAKIS, MARIA DOLORES
Dra. CANTI, FABIANA VIRGINIA
Dr. CAPRISTO, GUILLERMO VICTOR
Dra. CARBALLO, LAURA SILVINA
Dr. CASTAÑO, MARIO RAUL
Dra. CASTELLO, LILIANA HAYDEE
Dr. CIANO, ARIEL
Dra. COMMISSO, ADRIANA ALEJANDRA
Dr. DELL'OCA, ROBERTO DANIEL
Dr. DEMARCHI, JUAN MANUEL
Dr. DI FRANCO, OSCAR ALBERTO
Dr. FERNANDEZ, JAVIER ALBERTO
Dra. FESSIA, MARIA ROSANA
Dr. GORDON, ERNESTO RAUL
Dr. HUMBERTO, CARLOS FABIAN
Dra. INAMA, ROXANA DELIA
Dra. INVIERNO, MARIA LOURDES
Dra. JUAREZ, MARIA CAROLINA
Dra. LAMI DOZO, ALICIA ESTHER
Dra. LATORRE, ANDREA ELENA
Dr. LEGLER, RUBEN NESTOR
Dr. LEZCANO, DARIO GABRIEL
Dr. LOPEZ, JORGE MARCELO
Dra. MADONI, VICTORIA ISABEL
Dr. MAGLIO, ANTONIO JOSE
Dr. MARTINEZ DEL BOSQUE, JAVIER FABIO
Dr. MARTINEZ MEDRANO, GABRIEL ALEJANDRO
Dr. MASTROMARINO, HUGO DANIEL
Dra. MAZZEO, MARIA CECILIA
Dra MENNA, MARCELA NOEMI LUJAN
Dra. MONTOTO, MARIA GABRIELA
Dr. MOREIRA, ALBERTO CESAR
Dra. NINNO, NELSA EGLIE
Dra. NOEJOVICH, PATRICIA EDITH
Dr. OLIVA, DANIEL HUMBERTO
Dra. OMOLDI, ELEONORA
Dr. ORELLANO, EDUARDO DANIEL
Dr. PALOMO, SERGIO ADRIAN
Dra. PANCIROLI, MARCELA ELIZABETH
Dr. PERTICARARI, MARIANO RAUL
Dr. PICONE, DANIEL HECTOR
Dr. PIRRAGLIA, FEDERICO GUILLERMO
Dr. PLEBANI, FERNANDO GABRIEL
Dra. PUGLIESE, LILIANA IRENE
Dra. RIZZO, ANA SILVINA
Dra. ROBBIANI, LAURA ANDREA
Dr. RODRIGUEZ, RAUL FERNANDO
Dra. RUSSO, ANGELA MARIA
Dr. SANGERMANO, ROBERTO FABIAN
Dr. SCIANNA, SERGIO AUGUSTO
Dra. STANZIONE, LORENA SARA FERNANDA
Dra. SUTER, FABIANA
Dr. TALIERCIO, CHRISTIAN ANGEL
Dra. VACCAREZZA, ANA MARINA
Dr. VEGA, JESUS VICTOR
Dr. VENTIMIGLIA, ALEJANDRO JORGE
Dr. VIGLIANI, JAVIER HORACIO
Dr. ZANELLI, FERNANDO GUSTAVO

 

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