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El País 21 de julio de 2024

Comenzarán a regir los cambios en el Impuesto a las Ganancias

Se verán reflejado en los sueldos que se percibirán durante los primeros días de agosto. La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral en 2024 y, luego, de forma semestral.

El presidente Javier Milei firmó en las últimas horas el decreto que reglamenta el Impuesto a las Ganancias y se publicará este lunes en el Boletín Oficial.

De esta forma, desde el martes quedará restituida la cuarta categoría del tributo aprobada a finales de junio como parte del paquete fiscal que trató el Congreso.

De acuerdo a las negociaciones con la oposición, se mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros, aproximadamente $1,5 millón netos; y $2,2 millones para personas con dos hijos, unos $1,95 netos.

Anteriormente el mínimo no imponible equivalía a 15 salarios mínimos (234.315,12 pesos) de lo que serían 3,5 millones de pesos brutos desde julio.

Tras la publicación del decreto, el impuesto comenzará a regir en julio y se verá reflejado en los sueldos que se percibirán durante los primeros días de agosto.

Se trata de una de las medidas pendientes, luego de la aprobación de las normas para la moratoria, el blanqueo y Bienes Personales.

Con esta medida, aproximadamente un millón de trabajadores que hasta ahora estaban exentos, comenzarán a pagar el impuesto en alícuotas de entre el 5 y el 35 por ciento.

Los nuevos valores a pagar arrancan en (aproximadamente) 3000 pesos mensuales hasta los 60.000 pesos mensuales para los que hoy estaban exentos, y superaran los 100.000 pesos mensuales quienes ganan más de 2.500.000 pesos brutos.

Los pagos que reciban los trabajadores como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto.

La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este 2024 y, luego, de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).