Eliminan requisitos para la operatoria de la cadena agroindustrial
Se regularon los requisitos para la matriculación y registro que deben cumplir las personas humanas y/o jurídicas para ser habilitadas para actuar en las actividades de comercialización y/o industrialización.
El Ministerio de Economía eliminó un Registro que regulaba el comercio interior y exterior de la cadena agroindustrial, con el fin de simplificar ese mercado y facilitar la actividad.
La decisión se formalizó por medio de la Resolución 32/2024 de la Secretaría de Bioeconomía, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
A través de esa medida, el Poder Ejecutivo derogó una Resolución de febrero de 2017 del ex Ministerio de Agroindustria, a través de la cual se creó el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).
De ese modo, se regularon los requisitos para la matriculación y registro que deben cumplir las personas humanas y/o jurídicas para ser habilitadas para actuar en las actividades de comercialización y/o industrialización de productos agroalimentarios, así como las facultades de fiscalización y control asignadas a la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario de la Secretaría de Bioeconomía.
Ahora, el Gobierno aclaró que a partir del DNU 70/2023, de diciembre ultimo, se busca “la inmediata eliminación de barreras y restricciones estatales que impidan el normal desarrollo de la economía, promoviendo una mayor inserción en el comercio mundial e indicando, además, la necesidad de eliminar el registro de exportadores e importadores y facilitar las operaciones de comercio exterior”.
En ese sentido, resaltó que el comercio exterior de la Argentina “requiere de una fuerte reforma para su fortalecimiento y fomento”.
“En la búsqueda de facilitar las operaciones y asegurar su transparencia, resulta necesario rediseñar los procesos de matriculación y registración de las distintas actividades que forman parte del RUCA”, afirmó.
Asimismo, sostuvo que esas actividades “ya cuentan con diversos registros, habilitaciones y normativa en relación a cuestiones comerciales, sanitarias, fiscales, impositivas o de jurisdicción local que se superponen con el mencionado Registro”.
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